Estos son los cuatro procedimientos de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que no están sujetos a la suspensión de plazos
Los procedimientos que no se encuentran sujetos a la suspensión de plazos que dispone el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, ampliado por el Decreto de Urgencia N° 053-2020 y prorrogada por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 087-2020-PCM, en el caso de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre son los siguientes:
- Procedimientos de licencia de funcionamiento (otorgamiento de licencias, cambio de giro, actividades simultáneas y adicionales, otros).
- Procedimientos de obras privadas (licencia de edificación, modificaciones de proyectos y/o licencias de edificación, anteproyectos en consulta, licencia de habilitación urbana, otros).
- Certificados ITSE e inspecciones VISE.
- Procedimientos de catastro. [MPL, D. de Alc. 009-2020-MPL, 28/05/2020]
Ficha:
Vigencia: 29/05/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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