Si el recurrente se encuentra fugado de la justicia, el que indique documentalmente una dirección domiciliaria no es ninguna garantía de arraigo
Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Entrar
Tiene un «e-mail» | El nuevo reglamento del Sistema de Notificación Vía...
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!