Los nuevos proyectos inmobiliarios no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades
Sunat | Informe. En el supuesto de una empresa inmobiliaria en funcionamiento que ha desarrollado diversos proyectos inmobiliarios del mismo tipo (departamentos, oficinas o locales comerciales), en la misma ciudad y que ha destinado al mismo segmento del mercado; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisa expresamente que los gastos de ventas y administrativos vinculados con la ejecución de un nuevo proyecto inmobiliario, con las características antes señaladas, no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades. Con este nuevo criterio, la Superintendencia deja sin efecto el Informe N.° 173-2016-Sunat-5D0000.
En el desarrollo del informe, la Sunat explica que el Tribunal Fiscal (TF) ha señalado en reiterada jurisprudencia que la ejecución de nuevos proyectos inmobiliarios por parte de empresas inmobiliarias en funcionamiento no comprende el desarrollo de una actividad nueva, diferente o de distinta naturaleza y característica a la ya existente; por eso, «los gastos incurridos en su ejecución no corresponden a gastos preoperativos por expansión de actividades. Así pues, (…) se puede afirmar que los desembolsos realizados por una empresa inmobiliaria en funcionamiento vinculados a la ejecución de un nuevo proyecto inmobiliario sólo calificarán como gastos preoperativos por expansión de actividades, en la medida que su ejecución comprenda el desarrollo de una actividad nueva, diferente o de distinta naturaleza y características a la que ya venía desarrollando (…)» (sic). (Intendente Nacional de la Intendencia Nacional Jurídico Tributaria Guillermo Cesar Solano Mendoza) [Sunat, Inf. 000110-2023-Sunat-7T0000, 27/10/2023]
Ficha legal de la noticia:
Base legal interpretada o analizada:
* El inciso g) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF.
Entidad o persona comprometida: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Valores agregados LEX:
Concordancias:
* Informe N.° 173-2016-Sunat-5D0000. «En relación con la aplicación del inciso g) del artículo 37 de la LIR, e inciso d) del artículo 21 del Reglamento de dicha ley, tratándose de una empresa inmobiliaria cuyo giro de negocio consiste en la venta al público de bienes inmuebles futuros y que tiene en cartera más de un proyecto:
a) Los gastos de venta y administrativos vinculados con la ejecución de uno de los proyectos cuya construcción aún no ha sido terminada (y por tanto, aún no se ha devengado ingresos gravados con el impuesto a la renta) califican como gastos preoperativos por expansión de actividades.b) En general, a efectos de determinar la fecha en que se inició la explotación, deberá evaluarse cada caso concreto, atendiendo a la documentación o actos que en forma conjunta puedan demostrar cuándo se inició ella» (sic).
Información relacionada:
+ Gastos deducibles del Impuesto a la Renta | No son gastos preoperativos por expansión de actividades los gastos de ventas y administrativos vinculados con proyectos inmobiliarios en proceso. [TF, RTF 03920-4-2021, 7/05/2021]
+ Los nuevos proyectos inmobiliarios no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades. [TF, RTF 04737-9-2021, 3/06/2021]
+ Los desembolsos para el desarrollo de un nuevo proyecto inmobiliario no califican como gastos preoperativos. [TF, RTF 05917-3-2019, 27/06/2019]




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