Orden en las calles | San Borja fija horarios de permanencia temporal en los espacios públicos de estacionamiento
El tiempo máximo para el uso de estacionamientos públicos en el horario ordinario para el público en general que visite el distrito de San Borja será de tres horas y, para el caso del horario extendido, el tiempo máximo será de once horas horas. El tiempo máximo para el uso de estacionamientos públicos en el horario ordinario, para los vecinos empadronados del distrito, será de cuatro horas y, para el caso del horario extendido, el tiempo máximo será de once horas. El tiempo máximo de tolerancia será de diez minutos; superado dicho tiempo, se actuará con la aplicación de la medida provisional pertinente. Así lo establece esta ordenanza municipal oficializada hoy día por la Municipalidad Distrital de San Borja, que decide regular el horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en las zonas comerciales y vías locales de su jurisdicción.
La finalidad es racionalizar y optimizar el uso de los estacionamientos públicos por parte de los conductores y/o propietarios de los vehículos a fin de promover el acceso a mayor cantidad de usuarios y dinamizar la fluidez vehicular de las zonas. La norma se aplicará en las vías con zonas de estacionamiento con vialidad técnica dentro de la jurisdicción del distrito, de acuerdo con el Anexo I que forma parte integrante de la ordenanza. La norma y sus anexos entrarán en vigor a los treinta días calendario. [MSB, Ord. 696-MSB, 13/06/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza para la implementación de la regulación del horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Borja
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17297.
Entidad: Municipalidad Distrital de San Borja (MSB).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza 589/MSB algunas infracciones.
Derogaciones: deroga los códigos de Infracción C-023 y C-024 de la Ordenanza N.° 628-MSB.
Vigencia o situación legal de la norma: desde el 14 de julio del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 628-MSB, que fomenta el estacionamiento ordenado de vehículos en espacios públicos a través de medidas preventivas y/o correctivas para evitar la afectación de la accesibilidad peatonal y/o vehicular en el distrito de San Borja.
Información relacionada:
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