La nueva versión del PDT Plame lleva el valor actualizado de la UIT para el año 2023
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Laboral, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesAl incrementarse la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para el año 2023, según el Decreto Supremo N.° 309-2022-EF, es de S/ 4 950 00; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprueba una nueva versión del PDT Planilla Electrónica (Plame), Formulario Virtual N.° 0601. Este nuevo PDT estará a disposición de los interesados a partir del 1 de febrero del 2023, y será de uso obligatorio a partir de dicha fecha. [Sunat, R. 000021-2023/Sunat, 31/01/2023] Leer más
Edición Extraordinaria: el MEF posterga hasta junio del 2023 la determinación y publicación de los montos fijos del Sistema Específico del ISC
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesMediante la Resolución Ministerial N.° 026-2001-EF/15 y sus normas modificatorias, se establecieron las disposiciones para aplicar los factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo. De acuerdo con esta resolución ministerial, los montos fijos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV vigentes pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1 %); tratándose de los montos fijos del Nuevo Apéndice III, adicionalmente, la ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50; asimismo, se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) es la entidad que determina y publica los montos fijos actualizados dentro de los primeros treinta días calendario del mes de enero de cada año. Sin embargo, el MEF decide postergar este plazo para el año 2023 hasta el 30 de junio del 2023. [MEF, R. M. 031-2023-EF/15, 30/01/2023] Leer más
Esta es la ordenanza de San Luis que aprueba los derechos de trámite para 223 procedimientos administrativos
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl concejo municipal distrital, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, emitió la ordenanza que aprueba, a su vez, los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL). Leer más
Licencias de edificación y de funcionamiento | Lima ratifica derechos de trámite de 223 procedimientos administrativos para San Luis
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCon este acuerdo, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ratifica los doscientos veinticinco (225) derechos de trámite correspondientes a doscientos veintitrés (223) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados en la Ordenanza N.° 0337-MDSL/C [ver siguiente nota] de la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL). Leer más
Se modifica la ley del IGV e ISC | El MEF adecua el comprobante de pago que debe respaldar el crédito fiscal
/0 Comentarios/en Construcción, Energía, Gestión pública, Gobierno, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Decreto Legislativo N.° 1540 modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), cuyo Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF; entre otros, en lo referido a los requisitos formales que se cumplen para ejercer el derecho al crédito fiscal. Con estos cambios en la normativa tributaria referidos a la virtualización de determinadas obligaciones como el pago de tributos y la emisión de comprobantes de pago, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modifica el numeral 2.1 del artículo 6° del Reglamento de la Ley del IGV e ISC, aprobado por el Decreto Supremo N.° 29-94-EF, que establece las disposiciones relacionadas con el documento que respalda el crédito fiscal para adecuarlo a la normativa tributaria vigente. Leer más
Gastos deducibles del Impuesto a la Renta | No son gastos preoperativos por expansión de actividades los gastos de ventas y administrativos vinculados con proyectos inmobiliarios en proceso
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. El giro del negocio de la recurrente es la construcción de edificios completos y las actividades inmobiliarias que, en el marco de su actividad, registró contablemente gastos de ventas y administrativos vinculados con proyectos cuya construcción se había terminado en el ejercicio 2014 y, por ende, los departamentos no se habían entregados a sus adquirentes. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reparó los gastos administrativos y de ventas de los proyectos inmobiliarios que no se devengaron en el ejercicio 2014 por considerar que se trataba de gastos preoperativos por expansión de actividades. Leer más
Vecinos deudores, puntuales y exclusivos | Jesús María fija descuentos y fechas para el pago de arbitrios
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) aprobó esta ordenanza para regular los beneficios de descuentos en arbitrios municipales y establecer el cronograma de pagos para el Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio fiscal 2023. El plazo para acogerse a los beneficios por pronto pago y/o pago adelantado que concede la presente ordenanza vence el día 28 de febrero del 2023. Leer más
Solo para pagos al contado | La Perla inicia el 2023 con beneficios tributarios y no tributarios
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEste último domingo, la Municipalidad Distrital de La Perla dictó una ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y administrados de la comuna que registren deudas vencidas y las que se puedan generar durante la vigencia de la presente ordenanza por obligaciones tributarias en materia de Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas tributarias; así como, por obligaciones no tributarias en lo referente a multas administrativas, si se realiza el pago al contado. Sobre los requisitos, podrán acogerse a esta ordenanza todos los contribuyentes y administrados (personas naturales o jurídicas) que posean obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago con la municipalidad, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, aun cuando se haya interpuesto recurso impugnatorio. El pago de las deudas tributarias y no tributarias será solamente al contado; asimismo, no será considerado el pago en especie. Esta ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano» hasta el 28 de febrero del 2023. [MDLP, Ord. 01-2023-MDLP, 15/01/2023] Leer más
S/ 3,899 por dólar americano es el tipo de cambio de referencia para los sujetos obligados al pago de la regalía minera
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Ministerio de Economía y Finanzas, bajo lo establecido en el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento de la Ley N.º 28258 (Ley de Regalía Minera), aprobado por Decreto Supremo N.º 157-2004-EF, fija el tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2023 para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera de acuerdo con las normas vigentes antes del 01 de octubre de 2011, que lleven su contabilidad en moneda nacional. Según esta resolución ministerial, el tipo de cambio se fija en S/ 3,899 por dólar americano. Este tipo de cambio de referencia y los rangos aprobados pueden ser actualizados durante el ejercicio, en los meses de abril, julio y octubre, siempre y cuando la variación del tipo de cambio promedio ponderado del trimestre anterior sea igual o superior al cinco por ciento (+ 5 %), de acuerdo con lo señalado en el artículo 6º del Reglamento de la Ley N.º 28258. [MEF, R. M. 015-2023-EF/15, 15/1/2023] Leer más
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