¿Qué es la prescripción tributaria?

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La condición para amortizar el activo intangible es que sea adquirido a título oneroso y que exista una obligación de pago, con independencia de su cancelación íntegra

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Los martillos rompepavimentos calificarían como activos fijos activables

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Las dos obligaciones básicas que se imponen a todo titular minero

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Los sindicatos no se encuentran dentro del ámbito subjetivo de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas

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Precisó la Corte Suprema (CS) que los sindicatos no se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, aprobada por el Decreto Legislativo N.° 1034, «dado a que con su creación no se pretende competir en el mercado, siendo su fin intrínseco la defensa de los derechos laborales de sus agremiados en una relación de subordinación frente a un empleador, cuyo ejercicio es garantizado por la Constitución Política del Perú (artículo 28) y los convenios internacionales de la materia (número 87 de la OIT)» (sic). Además, añade la suprema, «si bien en el ejercicio de la libertad sindical inherente al sindicato, se pueden generar externalidades, la autoridad competente para resolver dichas controversias lo constituye la Autoridad Administrativa de Trabajo; siendo que, en el caso concreto, ante las paralizaciones realizadas por el sindicato de estibadores con la finalidad de que no se contrate personal no sindicalizado (…) y el sindicato de Maniobristas (…), la autoridad competente para resolver o legitimar dichas acciones era la Autoridad Portuaria y Dirección Regional de La Libertad, entidades administrativas a las cuales incluso la empresa (…) acudió antes de interponer su denuncia ante Indecopi, conforme se advierte de las solicitudes presentadas (…). Leer más

Barreras | Ninguna municipalidad puede suspender la licencia de edificación mientras el MVCS emite su dictamen

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró barrera burocrática ilegal las siguientes exigencias dispuestas por la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) en el artículo 3° de la Ordenanza N.° 630-2024-MDB:

(i) La suspensión de las licencias de edificación aprobadas por revisores urbanos mediante informes técnicos favorables

(ii) La suspensión del inicio y de la ejecución de las obras de los proyectos que cuentan con licencia de edificación en virtud de haberse obtenido mediante informes técnicos favorable. Leer más

Mediante una resolución coactiva no se le puede exigir al gerente general el pago de la deuda de la empresa

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Si el trabajador cobró la indemnización por despido, no puede, luego, pretender la tutela restitutoria

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En el caso concreto, la emplazada decidió dar por terminada la relación laboral con el demandante sin expresarle causa justa alguna relacionada con su conducta o capacidad laboral, optando por comunicarle dicha decisión mediante carta notarial. Se configuró de esta manera el despido arbitrario del demandante. Ahora bien, la Corte Suprema (CS) advierte que, «si bien es cierto que no se realizaron dos procesos de consignación, la emplazada en el referido proceso no contencioso de consignación precisó que el monto de S/ 12 263,78 correspondía a la indemnización por el despido arbitrario, advirtiéndose que el accionante en el escrito de oposición tuvo claro que la referida suma consignada por la demandada comprendía tanto el pago por indemnización por despido arbitrario, como por beneficios, máxime si la demandada a través de la carta de fecha diecinueve de mayo de dos mil dieciséis, le comunicó al actor que su representada decidió prescindir de sus servicios, considerando como su último día de labores, la fecha de recibida al presente carta, informándole además que podría acercarse a sus oficinas dentro de las cuarenta y ocho horas de notificado a fin de recibir su constancia de trabajo y carta de cese para el retiro de la compensación por tiempo de servicios, y realizar el cobro de los beneficios sociales y de la indemnización referida. Leer más

El asegurado deberá conocer los términos exactos de la renovación del seguro

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Convivencia pacífica | La Suprema descarta un riesgo de confusión entre los signos Lotero LT y Lotto

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