El MEF aprueba los valores arancelarios expresados en soles por metro cuadrado de los predios a nivel nacional
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl literal n) del artículo 193 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 331-2023-EF-41, establece que la Dirección de Política de Descentralización Fiscal y Finanzas Subnacionales de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal tiene como función, entre otras, regular la determinación y aprobar los valores fiscales de los predios; así como, supervisar su correcta aplicación. Bajo este marco normativo, el MEF aprueba los Valores arancelarios de terrenos urbanos expresados en soles por metro cuadrado a nivel nacional y los Valores arancelarios de terrenos rústicos expresados en soles por hectárea a nivel nacional para fines del Impuesto Predial, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025. [MEF, R. M. 337-2024-EF-15, 23/10/2024] Leer más
Dos cambios para el Sector Vivienda: dos nuevos directores
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la designación de Juan Luis Miyashiro Kuba en el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, y de Marlene Beatriz Massa Lovera, en el cargo de directora de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales. [MVCS, R. M. 402-2024-Vivienda, R. M. 404-2024-Vivienda, 23/10/2024] Leer más
Edición Extraordinaria: el Gobierno va tras la identificación de extranjeros y dicta nuevas medidas de control migratorio
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa inmobiliaria que se allana a la denuncia presentada en su contra no puede apelar la resolución que acoja dicha pretensión
/0 Comentarios/en Comercio, Congreso, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesIndecopi | Protección al Consumidor. La Sala Especializada en Protección al Consumidor emitió el siguiente criterio de observancia obligatoria, publicado en el Diario Oficial «El Peruano» el 20 de octubre del 2024: «(…) el proveedor que, durante la primera instancia, se allana a la denuncia presentada en su contra, no puede apelar la resolución que se emita acogiendo dicha pretensión; de lo contrario, su recurso será declarado improcedente por falta de agravio. Además, la acción de apelar en dicha circunstancia (inexistencia de agravio al haberse acogido válidamente un allanamiento) es un acto dilatorio contrario a la buena fe procedimental, lo cual constituye un agravante de la graduación de la sanción, conforme al numeral 2 del artículo 112 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Lo anterior no desconoce que el proveedor que se allana ante la primera instancia sí puede apelar válidamente aquellas partes de la resolución que le pudieran causar un agravio legítimo (…)» (sic). Leer más
El «Pacto por el Acero» | Colombia establece arancel del 30 % a importaciones de acero sin acuerdos comerciales
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Construcción, Derecho Comparado, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSin acta de fiscalización o de inspección elaborada bajo las formalidades, no se puede probar la conducta infractora atribuida
/0 Comentarios/en Derecho, Gestión pública, Gobierno, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesEn las instancias previas, la Corte Suprema (CS) entiende que, en el caso, «ha quedado establecido que, el procedimiento sancionador municipal iniciado por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra la empresa demandante se encuentra viciado desde su inicio, al no existir documento idóneo que dé cuenta de la realización de la conducta infractora que le fue atribuida, esto es, el acta de fiscalización o de inspección o de constatación de los hechos, que haya sido elaborada de acuerdo a las formalidades previstas en la Ordenanza N.° 2036-MML y el artículo 156 de la Ley N.° 27444; por ende, en el caso concreto, no se ha evaluado la comisión o no de la infracción imputada, al haberse determinado la existencia de un vicio trascendente, que afecta el debido procedimiento y el principio de verdad material, previstos en el Artículo IV de la Ley N.° 27444, deviniendo en infundado este argumento expuesto por la entidad impugnante (…). Leer más
Deudas hasta el 2023 | Hasta diciembre se podrá acceder al fraccionamiento tributario especial y bonos de descuentos sobre intereses y multas adeudados
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisó que los contribuyentes podrán acogerse hasta el 20 de diciembre del 2024 al mecanismo extraordinario y temporal denominado «Fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat», que comprende las deudas acumuladas hasta fines del año pasado, y contará con un bono de descuento que se aplicará sobre los intereses y las multas. En fecha pasada, mediante Decreto Supremo N.° 184-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento que establece las disposiciones necesarias para la puesta en marcha del fraccionamiento especial; en tanto que, mediante Resolución de Superintendencia N.° 000206-2024-Sunat, ahora la Sunat estableció las características de la solicitud de acogimiento. El mecanismo está dirigido a personas naturales y empresas, con excepción de quienes tienen sentencias vigentes por delitos tributarios o aduaneros, o se encuentran bajo la ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, entre otros casos. Este nuevo mecanismo, creado mediante el Decreto Legislativo N.° 1634, permitirá que los contribuyentes puedan cumplir con el pago de su deuda tributaria correspondiente al Impuesto a la Renta (IR), Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Impuesto de Promoción Municipal (IPM), Impuesto Especial a la Minería (IEM) y los derechos arancelarios. Se incluye los saldos por fraccionamientos anteriores, aplazamientos, así como también deudas tributarias impugnadas y/o en cobranza coactiva. Asimismo, el beneficio no aplicará para las deudas en procesos concursales, de tributos retenidos y aportaciones a ESSALUD y a la ONP, las impugnadas con resolución judicial firme o en calidad de cosa juzgada ni a los recargos aduaneros. En este fraccionamiento especial y temporal, los contribuyentes pueden optar entre tres formas de pago: Leer más
El 2026 se eliminará | El Gobierno anuncia la reducción del «drawback»
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex Soluciones
Las refacciones y acondicionamientos | Chorrillos precisa los horarios de trabajo y las excepciones para las obras de construcción
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH) dicta esta ordenanza para mejorar la regulación de los aspectos técnicos y administrativos de la Ordenanza N.° 354-MDCH, que deben de cumplir las empresas inmobiliarias, compañías constructoras, consorcios inmobiliarios, y toda forma de asociaciones de inversión constituidas por personas naturales o jurídicas, para el cumplimiento de los horarios de ejecución en las siguientes acciones: Leer más
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