Atención a las tablas de infracciones | El ingreso del terminal portuario Chancay modifica ampliamente la Ley General de Aduanas

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Como el «Terminal Portuario Multipropósito de Chancay» funcionará de manera integrada con otros puertos del país y con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, como un «hub» logístico de la región, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decidió simplificar las reglas aplicables al régimen de tránsito aduanero, en especial del terrestre, y potenciar los controles basados en la gestión del riesgo y el uso de tecnología de última generación. En esa línea, se modifican los artículos 116, 118, 120, 122, 123 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, que regulan lo relativo a la destinación al régimen de tránsito aduanero, la garantía exigible y los controles aplicables; así como, los artículos 150 y 151 del mismo cuerpo legal, para introducir precisiones respecto al traslado de mercancías a los almacenes aduaneros que se ubican fuera del terminal portuario o del terminal de carga aéreo o a los locales considerados zona primaria, a fin de simplificar el despacho aduanero, reducir los tiempos de atención y reforzar el control y la trazabilidad de la carga. Sin embargo, en tanto se implementen almacenes aduaneros dentro de la circunscripción de la Intendencia de Aduana de Chancay, se decide incorporar una disposición complementaria transitoria al Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir a los almacenes aduaneros de la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao la recepción de carga de la circunscripción aduanera de la Intendencia de Aduana de Chancay, sin necesidad de contar con un local en esta circunscripción. Luego, se modifica el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para permitir que la Administración Aduanera instale sistemas y dispositivos de control en los almacenes aduaneros. Por otro lado, el segundo párrafo del artículo 136 del Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, permite que las declaraciones numeradas bajo la modalidad de despacho anticipado sean rectificadas dentro del plazo de quince días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga sin la aplicación de multa, salvo en los casos establecidos en el reglamento; en ese contexto legal, se modifica el artículo 195 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para establecer otros casos en los que no se exima la aplicación de la sanción de multa que contempla el artículo 136 del referido reglamento, debido a su relevancia para la gestión de riesgo y el control aduanero. Leer más

El MEF aprueba los valores arancelarios expresados en soles por metro cuadrado de los predios a nivel nacional

El literal n) del artículo 193 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 331-2023-EF-41, establece que la Dirección de Política de Descentralización Fiscal y Finanzas Subnacionales de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal tiene como función, entre otras, regular la determinación y aprobar los valores fiscales de los predios; así como, supervisar su correcta aplicación. Bajo este marco normativo, el MEF aprueba los Valores arancelarios de terrenos urbanos expresados en soles por metro cuadrado a nivel nacional y los Valores arancelarios de terrenos rústicos expresados en soles por hectárea a nivel nacional para fines del Impuesto Predial, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2025. [MEF, R. M. 337-2024-EF-15, 23/10/2024] Leer más

Dos cambios para el Sector Vivienda: dos nuevos directores

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la designación de Juan Luis Miyashiro Kuba en el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, y de Marlene Beatriz Massa Lovera, en el cargo de directora de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales. [MVCS, R. M. 402-2024-Vivienda, R. M. 404-2024-Vivienda, 23/10/2024] Leer más

Edición Extraordinaria: el Gobierno va tras la identificación de extranjeros y dicta nuevas medidas de control migratorio

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El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N.° 011-2024-IN con la intención de mejorar las condiciones para que la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) lleve a cabo su labor de identificación y control con el objeto de garantizar la seguridad y el orden público. Así, por ejemplo, una de las modificaciones es la creación del Código Único de Identificación de Extranjeros (CUE), que se asignará a cada extranjero al momento de su registro. Este código constituye un atributo esencial de la identidad digital del migrante que facilitará su identificación en documentos oficiales y procedimientos migratorios. Además, se establecerán requisitos claros sobre la información que debe contener la identidad digital, como nombres, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, y nacionalidad. Leer más

La inmobiliaria que se allana a la denuncia presentada en su contra no puede apelar la resolución que acoja dicha pretensión

Indecopi | Protección al Consumidor. La Sala Especializada en Protección al Consumidor emitió el siguiente criterio de observancia obligatoria, publicado en el Diario Oficial «El Peruano» el 20 de octubre del 2024: «(…) el proveedor que, durante la primera instancia, se allana a la denuncia presentada en su contra, no puede apelar la resolución que se emita acogiendo dicha pretensión; de lo contrario, su recurso será declarado improcedente por falta de agravio. Además, la acción de apelar en dicha circunstancia (inexistencia de agravio al haberse acogido válidamente un allanamiento) es un acto dilatorio contrario a la buena fe procedimental, lo cual constituye un agravante de la graduación de la sanción, conforme al numeral 2 del artículo 112 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Lo anterior no desconoce que el proveedor que se allana ante la primera instancia sí puede apelar válidamente aquellas partes de la resolución que le pudieran causar un agravio legítimo (…)» (sic). Leer más

El «Pacto por el Acero» | Colombia establece arancel del 30 % a importaciones de acero sin acuerdos comerciales

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El Gobierno de Colombia lanzó el «Pacto por el Acero», una iniciativa diseñada para fortalecer la industria siderúrgica en dicho país, haciéndola más competitiva y sostenible. Este pacto busca establecer una planta de producción de aceros planos con tecnologías limpias y de alto valor agregado, lo que impulsará los encadenamientos productivos y generará nuevos empleos. Con esta medida se pretende posicionar a Colombia como un referente en la producción de acero y mejorar sus perspectivas de exportación a largo plazo. Una de las primeras acciones es la expedición del Decreto 1294 del 2024, que establece un gravamen del 30 % sobre las importaciones de alambrón de hierro o acero provenientes de países con los cuales Colombia no tiene acuerdos comerciales, con lo que se busca contrarrestar el impacto negativo de estas importaciones, que han afectado gravemente a la industria local debido a sus precios bajos y su creciente participación en el mercado nacional. Leer más

Sin acta de fiscalización o de inspección elaborada bajo las formalidades, no se puede probar la conducta infractora atribuida

En las instancias previas, la Corte Suprema (CS) entiende que, en el caso, «ha quedado establecido que, el procedimiento sancionador municipal iniciado por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra la empresa demandante se encuentra viciado desde su inicio, al no existir documento idóneo que dé cuenta de la realización de la conducta infractora que le fue atribuida, esto es, el acta de fiscalización o de inspección o de constatación de los hechos, que haya sido elaborada de acuerdo a las formalidades previstas en la Ordenanza N.° 2036-MML y el artículo 156 de la Ley N.° 27444; por ende, en el caso concreto, no se ha evaluado la comisión o no de la infracción imputada, al haberse determinado la existencia de un vicio trascendente, que afecta el debido procedimiento y el principio de verdad material, previstos en el Artículo IV de la Ley N.° 27444, deviniendo en infundado este argumento expuesto por la entidad impugnante (…). Leer más

Deudas hasta el 2023 | Hasta diciembre se podrá acceder al fraccionamiento tributario especial y bonos de descuentos sobre intereses y multas adeudados

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisó que los contribuyentes podrán acogerse hasta el 20 de diciembre del 2024 al mecanismo extraordinario y temporal denominado «Fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat», que comprende las deudas acumuladas hasta fines del año pasado, y contará con un bono de descuento que se aplicará sobre los intereses y las multas. En fecha pasada, mediante Decreto Supremo N.° 184-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento que establece las disposiciones necesarias para la puesta en marcha del fraccionamiento especial; en tanto que, mediante Resolución de Superintendencia N.° 000206-2024-Sunat, ahora la Sunat estableció las características de la solicitud de acogimiento. El mecanismo está dirigido a personas naturales y empresas, con excepción de quienes tienen sentencias vigentes por delitos tributarios o aduaneros, o se encuentran bajo la ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, entre otros casos. Este nuevo mecanismo, creado mediante el Decreto Legislativo N.° 1634, permitirá que los contribuyentes puedan cumplir con el pago de su deuda tributaria correspondiente al Impuesto a la Renta (IR), Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Impuesto de Promoción Municipal (IPM), Impuesto Especial a la Minería (IEM) y los derechos arancelarios. Se incluye los saldos por fraccionamientos anteriores, aplazamientos, así como también deudas tributarias impugnadas y/o en cobranza coactiva. Asimismo, el beneficio no aplicará para las deudas en procesos concursales, de tributos retenidos y aportaciones a ESSALUD y a la ONP, las impugnadas con resolución judicial firme o en calidad de cosa juzgada ni a los recargos aduaneros. En este fraccionamiento especial y temporal, los contribuyentes pueden optar entre tres formas de pago: Leer más

El 2026 se eliminará | El Gobierno anuncia la reducción del «drawback»

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Las refacciones y acondicionamientos | Chorrillos precisa los horarios de trabajo y las excepciones para las obras de construcción

La Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH) dicta esta ordenanza para mejorar la regulación de los aspectos técnicos y administrativos de la Ordenanza N.° 354-MDCH, que deben de cumplir las empresas inmobiliarias, compañías constructoras, consorcios inmobiliarios, y toda forma de asociaciones de inversión constituidas por personas naturales o jurídicas, para el cumplimiento de los horarios de ejecución en las siguientes acciones: Leer más