El medioambiente primero | Municipalidad de Independencia contará con un Sistema Local de Gestión Ambiental

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Ante la necesidad de contar con un sistema que establezca las decisiones relacionadas con la gestión de la calidad ambiental y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el distrito; la Municipalidad Distrital de Independencia (MDI) dicta la ordenanza que aprueba el Sistema de Gestión Ambiental (SLGA) del distrito, que consta de 43 artículos y dos disposiciones complementarias finales. Se encarga a la Gerencia de Gestión Ambiental y demás áreas orgánicas competentes el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. [MDI, Ord. 000449-2022-MDI, 23/09/2022] Leer más

Independencia conforma una comisión para coordinar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito local

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Esta ordenanza reconoce y conforma la Comisión Ambiental Municipal (CAM) del distrito Independencia, además de establecer su ámbito, composición y funciones. La CAM, según esta ordenanza, concerta y coordina la Política Nacional del Ambiente en el ámbito local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores públicos, privados y de la sociedad civil, y se le reconoce como la instancia de gestión ambiental participativa y multiactor encargada de la coordinación y concertación de la política ambiental y climática local, en el marco de la Política Nacional del Ambiente (PNA), promoviendo el diálogo y el acuerdo dentro del marco del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA). [MDI, Ord. 000448-2022-MDI, 23/09/2022] Leer más

Independencia aplicará la estrategia de economía circular en el distrito

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La Municipalidad Distrital de Independencia (MDI) aprueba la «Estrategia de economía circular del distrito Independencia al 2030», que promueve la creación de valor sin limitarlo al consumo definitivo de recursos, pues considera todo el ciclo de vida de los bienes. Además, optimiza el uso de recursos para integrar la circularidad de un bien o servicio desde su concepción, de forma tal que se prevenga los residuos y/o se logre que los residuos sean valorizados y se conviertan en insumos, entre otros valores. El texto completo de la estrategia se publica en el portal web municipal www.muniindependencia.gob.pe[MDI, Ord. 000447-2022-MDI, 23/09/2022] Leer más

Tres nuevas designaciones en la cartera de Vivienda: planeamiento, administración y recursos humanos

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El día de hoy se oficializaron las siguientes designaciones: Víctor Julio Motta Vera asume el cargo de director general de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) (R. M. 259-2022-Vivienda); Luis Fernando Vergara Sahuaraura es el nuevo director de la Oficina de Administración del Talento Humano de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MVCS (R M. 265-2022-Vivienda) y Maria Rosa Meneses Mostajo entra en el cargo de directora general de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MVCS (R. M. 263-2022-Vivienda). [MVCS, R. M. 259-2022-Vivienda, R. M. 265-2022-Vivienda, R. M. 263-2022-Vivienda, 23/09/2022] Leer más

mineria, informal

El reglamento del programa para impulsar el financiamiento sostenible en la Amazonía (Bionegocios)

El Ministerio del Ambiente (Minam) oficializó el Reglamento Operativo del “Programa para impulsar el Financiamiento Sostenible en la Amazonía Peruana – Oportunidad para apalancar los bionegocios (Programa para Bionegocios)”. El texto total del documento se publicará en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.peru.gob.pe) y en la sede digital del Minam (ww.gob.pe/minan). [Minam, R. M. 186-2022-Minam, 23/9/2022] Leer más

Los números cardinales | Así se realizará la numeración y publicación de las leyes y resoluciones legislativas

Esta ley regula el procedimiento de numeración y publicación de las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, la disponer que el Poder Ejecutivo, a través de la entidad pertinente, asigne a las leyes y resoluciones legislativas el número cardinal que les corresponda una vez que se promulguen dentro del plazo constitucional. La numeración debe llevarse a cabo en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la promulgación de la norma, sea que la haya promulgado el presidente de la República o el presidente del Congreso de la República; se tienen tres días calendario desde su promulgación como plazo máximo para enviarlas al Diario Oficial «El Peruano», para su respectiva publicación. El Congreso de la República, a través de la oficina institucional pertinente, asigna a las resoluciones legislativas que emita el número cardinal que les corresponda seguido del año de la legislatura y las siglas del Congreso, de acuerdo con el orden en que las promulgue, y tiene tres días calendario desde que las promulga como plazo máximo para enviarlas al Diario Oficial «El Peruano» para su respectiva publicación. El diario oficial tiene, así mismo, un plazo máximo de 24 horas para publicar las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, el que se computado desde la recepción de la norma. El funcionario, servidor público o trabajador de una empresa del Estado que omita, rehúse o retarde la enumeración o publicación de leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso comete falta muy grave en materia administrativa; asimismo, incurre en el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales previsto en el artículo 377 del Código Penal. [PL, Ley 31577, 22/09/2022] Leer más

MML reestructura su Tusne para los servicios de infraestructura de la Gerencia de Cultura: Teatro Municipal de Lima, Museo Metropolitano de Lima y Museo Bodega y Quadra

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Con este decreto de alcaldía, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) deja sin efecto los servicios no exclusivos numerados del 10 al 36 correspondientes a la Gerencia de Cultura, así como el servicio no exclusivo correspondiente al Museo de Sitio Bodega y Quadra, incluidos sus requisitos y costos, de su Texto Único de Servicios No Exclusivos (Tusne), aprobado por el Decreto de Alcaldía N.° 009 y sus modificatorias, dejando subsistente lo demás que contiene. Asimismo, determina nuevas tarifas para beneficio de los ciudadanos mediante la incorporación a su TUSNE los servicios no exclusivos correspondientes a la Gerencia de Cultura, numerados del 10 al 58, incluidos sus requisitos y costos, de acuerdo con lo detallado en el anexo adjunto. [MML, D. de Alc. 14-2022, 22/09/2022] Leer más

Estructura y organigrama | Segunda parte del reglamento de organización y funciones de la SBN

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A través de una resolución, se oficializa la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N.° 011-2022-Vivienda, que consta de un título, veintidós artículos; así como su Estructura Orgánica y Organigrama. La implementación de esta resolución se realiza con cargo al presupuesto institucional de la SBN, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Será la Oficina de Planeamiento y Presupuesto quien, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de mañana, actualice y consolide el Texto Integrado del ROF de la superintendencia. [SBN, R. 0064-2022/SBN, 21/09/2022] Leer más

Todas las medidas de retiro y reubicación de cableado aéreo se coordinan obligatoriamente con las empresas prestadoras de servicios públicos

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró como barreras burocráticas ilegales diversas exigencias impuestas por la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) relacionadas con las medidas de ordenamiento (retiro, reubicación, reordenamiento) de la infraestructura aérea existente del servicio público de electricidad, materializadas en la Ordenanza N.° 530-2019-MDB. Para la Sala, estas disposiciones municipales son ilegales pues, con su imposición, la comuna vulnera lo establecido en el artículo 19 de la Ley N.° 30477, dado que no se han coordinado con las empresas prestadoras de servicios públicos. Además, los artículos 80 y 159 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de ornato, salud y salubridad, disponen que es la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), en el caso en particular, la encargada de emitir la normativa destinada a regular la planificación y el urbanismo, dentro de estas, el ornato en el ámbito de su competencia, así como regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. [Indecopi, R. 0293-2022/SEL-Indecopi, 21/09/2022] Leer más

Autorizaciones municipales para prestar servicios de transporte se sujetan a evaluación previa con silencio administrativo positivo

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Es una barrera burocrática ilegal la calificación con silencio administrativo negativo del procedimiento denominado «Permiso de operación de servicio de transporte masivo público regular de personas urbano e interurbano», materializada en el procedimiento 4.4.14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Piura (MPP), aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 135-06-CMPP y modificado por el Decreto de Alcaldía N.° 025-2019-A/MPP. Resuelve la Sala del Indecopi, que la municipalidad tendría que haber observado lo establecido en el artículo 53-A del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por el Decreto Supremo N.° 017-2009-MTC, que dispone que todos los procedimientos para otorgar la autorización para prestar servicios de transporte en todos sus ámbitos y modalidades se sujetan a evaluación previa con silencio administrativo positivo. [Indecopi, R. 0298-2022/SEL-Indecopi, 21/09/2022] Leer más