Un cambio de versión sobre los hechos de la víctima no justifica la absolución del imputado

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En orden a la posibilidad de una denuncia y sindicación falsas por motivaciones gratuitas o por odio o rencor, la Corte Suprema (CS) sostienes que «es de considerar que el solo hecho de unas relaciones previas conflictivas de por sí no determinan que los cargos sean falsos, pues de ser así por el solo hecho de que una niña fuera víctima de maltratos constantes por su propio padre, hace que su declaración sea desestimada liminarmente (…), se trata de una niña merced al control de sus familiares paternos y que su madre no estuvo presente en todo el curso de lo sucedido -ha sido ajena al proceso-, y que, precisamente, cuando tuvo que apartarse del imputado fue recogida por sus abuelos -con quienes se siente más vinculada-, ser internada en un hogar y, luego, tras la denuncia, debió irse a vivir con sus tíos paternos. Leer más

La duplica del plazo de prescripción no es aplicable a los «extraneus»

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El cuarto párrafo del artículo 41 de la Constitución prescribe lo siguiente: «El plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado». El Acuerdo Plenario N.° 1-2010/CJ-116 (Fundamento 15) adoptó como doctrina legal vinculante (Fundamento 15) que, si el fundamento esencial de la duplicidad de la prescripción es la lesión efectiva del patrimonio del Estado realizada por los funcionarios o servidores públicos, es necesario que exista una vinculación directa entre estos. «Tal fundamento exige el concurso de tres presupuestos concretos: i) que exista una relación funcional entre el agente infractor especial del delito -funcionario o servidor público- y el patrimonio del Estado; ii) el vínculo del funcionario o servidor público con el patrimonio del Estado implica que este ejerza o pueda ejercer actos de administración, percepción o custodia sobre bienes públicos; y, iii) puede servir como fuente de atribución de dicha posición y facultad funcional una orden administrativa y, por tanto, es posible que a través de una disposición verbal se pueda también transferir o delegar total o parcialmente el ejercicio de funciones concretas de administración, percepción o custodia sobre bienes públicos al funcionario o servidor que originalmente por su nivel y facultades específicas no poseía» (sic). Leer más

El proceso de mejor derecho de propiedad es en realidad una acción declarativa de dominio

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Se equivoca el juez que argumenta que solo son apelables los medios de defensa planteados en la etapa intermedia si estos son declarados fundados en primera instancia

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Al revisar el caso, la Corte Suprema (CS) advierte que «el tribunal superior declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el procesado argumentando que conforme a lo dispuesto en el artículo 352, inciso 3, del Código Procesal Penal solo serán apelables las excepciones o los medios de defensa planteados en la etapa intermedia si tales son declarados fundados en primera instancia. Leer más

El iura novit curia no permite al juez penal cambiar la pretensión determinada o incurrir en una resolución extra petita

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Contra la investigación preparatoria, incluido el periodo de diligencias preliminares, que conduce por el Ministerio Público (MP), solo proceden determinados remedios jurídico procesales taxativamente estipulados en el Código Procesal Penal, los que pueden ser planteados ante el juez de la investigación preparatoria; entre estos, la tutela de derechos, los controles del plazo, la admisión de medios de investigación rechazados por la fiscalía [vid.: artículos 71, apartado 4; 334, apartado 2; 337, apartado 5; 342, apartado 2; 343, apartado dos, del Código Procesal Penal]. Estos «remedios» pueden tener como efecto, según los casos, que se declare la ineficacia de determinadas disposiciones o diligencias fiscales o que se dicte una decisión sustitutiva u otra de corrección, enmienda o protección respecto del trámite seguido, sin que ello signifique inmiscuirse en la estrategia investigativa o afectar sus potestades reconocidas, entre otros, en el artículo 65 del Código Procesal Penal. Leer más

La reconvención se materializa en el mismo escrito de la contestación y no en el plazo de esta

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En este proceso de declaración de paternidad, el voto en mayoría de la Corte Suprema (CS), bajo el artículo 445 del Código Procesal Civil, explica: «la oportunidad para reconvenir está ligada al acto de contestación y no al plazo para hacerlo, de allí que se exige que la reconvención se materialice en el mismo escrito de la contestación y no en el plazo de esta; en ese sentido, aun cuando haya existido un plazo adicional para reconvenir, este lo perdió al no haberlo hecho al momento de contestar la demanda» (sic). Leer más

El Tribunal Registral explica la intangibilidad de los asientos registrales

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Sobre ¿cuáles son los alcances de la intangibilidad de los asientos registrales?, el Tribunal Registral (TR) recuerda que los asientos registrales solo pueden ser modificados por título registral que contenga la modificación del acto o derecho inscrito o por sentencia judicial firme, y esta intangibilidad es una de las garantías del Sistema Nacional de los Registros Públicos. Leer más

Es irrazonable exigir un poder específico y concreto para que el apoderado interponga, en cada caso, determinadas demandas judiciales

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La Corte Suprema (CS) deja en claro que, «si bien el artículo 75 del código adjetivo establece que el otorgamiento de facultades especiales se rige por el principio de literalidad, no presumiéndose la existencia de facultades no conferidas explícitamente, ello no significa en modo alguno que deba otorgarse un poder específico y concreto para que el apoderado interponga, en cada caso, determinadas demandas judiciales, resultando suficiente y aceptable para que el apoderado judicial realice todos los actos previstos en dicho numeral, como refiere Hinostroza Minguez, que el otorgamiento de facultades especiales se haga con remisión al artículo 75 del Código Procesal Civil (…). Leer más

Sala vulnera la cosa juzgada si acepta que la demanda es una de naturaleza civil y luego la remite al juzgado de familia

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A la Corte Suprema (CS), en este proceso, le queda claro que «no se puede declarar la improcedencia de una demanda de nulidad de acto jurídico relacionado con el cuestionamiento de un acta de nacimiento, cuando la sala de mérito en un anterior pronunciamiento, precisó que lo pretendido en la demanda se enmarca en lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 219 del Código Civil» (sic). Leer más

En caso de derechos indisponibles, no es exigible la conciliación

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A juicio de la Corte Suprema (CS), en este caso de mejor derecho de propiedad, el procurador público «del Ministerio del Interior no podría haber solicitado la conciliación de manera directa, toda vez que el predio materia de litis es un bien del Estado de uso público, por tanto al tratarse de derechos no disponibles, no es exigible la conciliación conforme al artículo 7°-A inciso i) del Decreto Legislativo N.° 1070, que modifica la Ley N.° 26872, Ley de Conciliación» (sic). Leer más