Los empleadores pueden conservar las constancias de pago de las obligaciones laborales hasta cinco años de haber realizado el pago

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El numeral 1) del artículo 23 de la nueva Ley Procesal de Trabajo establece el principio de inversión de la carga de la prueba a fin de equilibrar la desigualdad que existe entre el trabajador y el empleador, desigualdad que se extiende en el ámbito procesal laboral al existir también una desigualdad probatoria. Y esto es así, pues el empleador tiene mayores y mejores posibilidades de premunirse de medios probatorios. En el caso concreto, la suprema determinó que, «estando probada la existencia de una relación laboral, que no ha sido negada en el proceso -durante el período ocho de abril de mil novecientos noventa y nueve al diecinueve de agosto de dos mil veinte-, quien tiene la carga de la prueba de probar el cumplimiento de sus obligaciones laborales es la parte demandada como es el pago de la compensación por tiempo de servicios y otros de naturaleza laboral. Leer más

Trabajadores que ingresan directamente a un cargo de confianza o de dirección no tienen indemnización por despido arbitrario en caso se les retire la confianza

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A partir de lo establecido por el artículo 43 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR, la Corte Suprema (CS) recuerda que el VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional, llevado a cabo el día veintidós de mayo del 2018, estableció lo siguiente: «En el caso de trabajadores de dirección o de confianza de empresas y/o instituciones del sector privado: – Aquellos trabajadores que ingresaron directamente a un cargo de confianza o de dirección, no les corresponde el pago de la indemnización por despido arbitrario en caso su empleador les retire la confianza. (…)» (sic). Leer más

Es posible deducir pérdidas extraordinarias con una denuncia policial de otro ejercicio por el mismo delito

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La Corte Suprema (CS) admite la deducción de gastos por pérdidas extraordinarias (hurto de energía eléctrica) cometido en contra del contribuyente, sin que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o acreditado que era inútil ejercitar la acción judicial en el ejercicio fiscalizado. La Corte Suprema resalta la conclusión del Colegiado Superior en el sentido de que resulta lógico y razonable la deducción por pérdidas extraordinarias de energía eléctrica al determinarse con claridad que existen casos donde no es posible identificar a los responsables de la comisión del delito, pues resulta inútil el ejercicio de la acción judicial. Leer más

Con la apelación de una resolución de cumplimiento, el TF verificará si la Sunat dio o no cumplimiento al mandato previamente dispuesto

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No necesariamente se pierde el crédito fiscal si se anota el comprobante de pago en el registro de compras luego de los 12 meses de su emisión

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CS: se desnaturaliza la tercerización si se advierte la carencia de autonomía financiera, técnica y funcional de la tercerista

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Se presume que cualquier ingreso es una remuneración

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A partir del artículo 6° de la LPCL, la Corte Suprema (CS) recuerda que por la presunción de salariedad se considera remuneración el íntegro de lo que el trabajador percibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sea de su libre disposición. «Sobre la presunción de salariedad, la doctrina refiere: Leer más

No opera la caducidad automática de los convenios colectivos al año de su vigencia

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Sobre la correcta interpretación del literal c) del artículo 43 del Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, Ley de Relaciones Colectivas del Trabajo, la Corte Suprema (CS) explica que, «con relación a la vigencia de los convenios colectivos, esta sala suprema aplicando el método de interpretación sobre la vigencia de los convenios colectivos regulado en el literal c) del artículo 43 del Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, este supremo tribunal mediante Casación Laboral N.° 19367-2015-Junín, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha declarado como principio jurisprudencial el pronunciamiento de obligatorio cumplimiento por las instancias inferiores, que dicha norma debe ser entendida de la siguiente manera: Leer más

Una vez declarada la relación laboral, se otorgan los beneficios colectivos

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La Corte Suprema (CS) confirma que, «cuando el trabajador no haya podido afiliarse a una organización sindical en razón de haberse encontrado impedido de hacerlo por una decisión del empleador, como son los casos en que se encontraba vinculado por contrato de locación de servicios o una intermediación fraudulenta, el VIII Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional (2019) ha establecido lo siguiente: […]. En caso el trabajador haya estado imposibilitado de afiliarse a un sindicato debido a que formalmente no existía un vínculo laboral con el empleador, una vez declarada la existencia de una relación laboral dentro del proceso judicial respectivo, corresponde otorgarle al trabajador los beneficios pactados en los convenios colectivos y/o laudos arbitrales económicos, tomando en cuenta los siguientes parámetros: Leer más

La facultad de negociación colectiva no es ilimitada

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