La administración tributaria no puede notificar simultáneamente el informe con las conclusiones de la fiscalización y las resoluciones de determinación y de multa que correspondan

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El TF tiene la facultad para emitir pronunciamientos sobre vicios de nulidad no invocados, pero detectados de oficio

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El personal de dirección es aquel que ejerce la representación general del empleador frente a otros trabajadores o a terceros

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Un cambio de función o especialidad no evidenciaría un acto de discriminación si no se dictó únicamente para el demandante

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Trabajador minero que proporciona datos falsos para recibir visitas familiares quiebra la buena fe laboral y justifica su despido

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Se le imputa al trabajador haber proporcionado datos falsos al empleador para recibir visitas familiares y amicales dentro del campamento minero en el que prestó servicios, pues las personas cuya entrada se autorizó eran trabajadores del local entregado al sindicato de trabajadores, «entregado a la esposa del demandante para el desarrollo de una concesión de alimentos. Ahora, a efecto de analizar si la falta grave contenida en el literal a) del artículo 25 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR se ha configurado, la Corte Suprema (CS) precisa que la buena fe laboral es un principio considerado como una de las premisas que nuestro ordenamiento jurídico ha adoptado con el objeto de servir de guía, directriz y pauta de conducta para las partes contractuales. La buena fe se configura, respecto del derecho laboral, como su base axiológica, a modo de principio fundamental que lo informa y que, por tanto, queda plasmado en sus diversas normas, ya sea explícita o implícitamente (…). Leer más

El plazo prescriptorio laboral corre a partir del momento en que ocurra el cese laboral del trabajador y no es aplicable la norma civil

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El plazo prescriptorio laboral corre a partir del momento en que ocurra el cese laboral del trabajador y no es aplicable lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 2001 del Código Civil (diez años), dado que su aplicación es subsidiaria, sentencia la Corte Suprema. En el caso, el tema en controversia se encuentra relacionado a determinar si el derecho que el demandante pretende ha prescrito o no, como lo ha señalado la Sala Superior o si, por el contrario, debe revocarse dicho extremo. Leer más

El trabajo de confianza no es un trabajo especial, se trata de una relación especial entre el patrón y el trabajador

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La protección que brinda el Estado a las mujeres por la situación de embarazo no es absoluta

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El despido nulo que refiere el inciso e) del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-97-TR, requiere para su protección, según la Corte Suprema (CS), «que la trabajadora gestante comunique a su empleador sobre su estado de gestación, hecho que debe ser acreditado. Por lo tanto, la protección debe extenderse hasta que culmine el período de permiso por lactancia reconocido por la Ley 27240 (hasta que su hijo cumpla un año), derecho cuya protección ha sido reafirmada por este tribunal en el Expediente N.° 1272-2007-PA/TC» (sic). En este caso, por ejemplo, la sala superior, teniendo en cuenta que la demandante acreditó que su cese por vencimiento de contrato ocurrió contemporáneamente con el hecho de su reposición, dispuso que se le debió reponer solo hasta la culminación del periodo de gestación y lactancia. Leer más

Violación de precintos de seguridad | Se analiza el grado de diligencia con la que se actuó para evitar la comisión de un delito que determina la imposición de una multa aduanera

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Casación | Comercio Exterior. Sobre la interpretación errónea de lo dispuesto en los artículos 109 y 192 de la Ley General de Aduanas y del artículo 1315 del Código Civil, la Corte Suprema (CS) entiende que, «si bien el caso fortuito o fuerza mayor implica la verificación de un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, resulta imperativo analizar la diligencia con la cual actuó, en el presente caso, la administrada, obligada al cuidado o cautela de las medidas de seguridad implementadas en los contenedores que le fueron encargados para su depósito (…). Al respecto, en doctrina también se ha reconocido la necesidad de analizar el grado de diligencia en el proceso de verificación de un caso fortuito o de fuerza mayor (…). Se puede decir, entonces, que la diligencia es el parámetro sobre el cual se determinará si la situación concreta corresponderá a un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor. Por otro lado, es cierto que se han establecido parámetros, en apariencia objetivos, para determinar la existencia o no de un caso fortuito o de fuerza mayor. Así, se sostiene que el supuesto debe ser extraordinario, imprevisible e irresistible. Sin embargo, ni la irresistibilidad ni la imprevisibilidad son parámetros objetivos, ya que éstos también se definen en función a la diligencia estándar de la situación concreta. (…). En esa misma línea, esta sala suprema en un caso anterior ha considerado relevante analizar el grado de diligencia con la que se actuó para evitar la comisión de un delito que determinó la imposición de una infracción administrativa en materia aduanera, conforme se desprende del siguiente extracto: […] en el caso de autos se ha producido el robo de la mercancía (…), y que contra dicho acto delictivo se hizo la denuncia correspondiente, en la que incluso la Décima Fiscalía Provincial Penal del Callao emitió la resolución del veintidós de mayo de dos mil diecisiete, declarando ‘No ha lugar a formular la denuncia penal’. Sin embargo, dichas actuaciones no demuestran el grado de diligencia con que actuó la empresa demandante para prever o evitar que se cometa el delito en su contra, sino que los documentos presentados son actuaciones posteriores al delito cometido; es decir, no sirven para demostrar el grado de prevención que tomó la demandante para evitar el robo (…). Leer más

La Suprema realiza un importante alcance sobre la vocación indefinida del contrato del personal de confianza y el retiro de confianza

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Anota la máxima instancia judicial que el contrato de trabajo sujeto a modalidad por servicio específico se encuentra desnaturalizado por cuanto no ha consignado debidamente la causa objetiva, pues el contrato se limita a enunciar el cargo contratado y las funciones; sin embargo, no se justifica que las actividades o funciones a desempeñar no se agoten en el tiempo, es decir, no justifica la temporalidad de la contratación del demandante. «Un importante alcance sobre la vocación indefinida del contrato del personal de confianza y el retiro de confianza. Conforme al artículo 4° del TUO del DL 728, ‘En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. El contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. Leer más