Interpretación de la Corte Suprema de la Norma VIII del Código Tributario
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La Norma VIII (Interpretación de normas tributarias) del Título Preliminar del Código Tributario, interpreta la Corte Suprema (CS), prohíbe crear tributos, establecer sanciones, conceder exoneraciones o extender las disposiciones tributarias a personas o supuestos distintos de los señalados en la ley. En vía de interpretación, se debe considerar lo siguiente: a) La interpretación de esta disposición normativa debe efectuarse en concordancia con el Principio constitucional de reserva de la ley; en este sentido, la potestad de crear tributos, sanciones o la extensión de disposiciones tributarias es una atribución que le corresponde ejercer el Poder Legislativo (directamente o mediante delegación) y no, precisamente, al Poder Judicial a través de la interpretación de una disposición normativa. b) Esta disposición normativa reduce la actividad interpretativa del órgano jurisdiccional a efectos de confinar aquellas técnicas que permitan la creación de tributos en vía de interpretación. Leer más
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