La facultad de la administración para determinar la obligación tributaria (aduanera), aplicar sanciones y exigir el pago de estas no acontece de forma simultánea
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/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Derecho Comparado, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesCS explica la naturaleza de los intereses moratorio asociados a las deudas tributarias
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa corrección puede plantearse de oficio o a pedido de parte, y se resuelve sin trámite alguno
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Penal /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Sunat no puede alegar que un gasto es no fehaciente y no causal a la vez
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCausalidad: la depreciación de vehículos se acepta si se sustenta con documentos su uso en las actividades de construcción
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. La recurrente de este caso sostiene que la causalidad del gasto de la depreciación de vehículos, observado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), está acreditada, pues las unidades se destinaron exclusivamente para producir y mantener la fuente generadora de renta, toda vez que los usó su personal para actividades de supervisión de las obras en construcción, trasladar a los gerentes e ingenieros a los lugares donde se encontraban en venta terrenos que podían ser adquiridos por la empresa y para el traslado de los clientes en las visitas a los proyectos inmobiliarios ofrecidos en venta, siendo esta última acción una práctica común en el rubro de las actividades de construcción, por lo que era necesario contar con los vehículos y su depreciación, en consecuencia, es un gasto deducible. De acuerdo con el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y las RTF 05510-8-2013, 10673-1-2013, 01275-2-2004 y 4807-1-2006, el Tribunal Fiscal (TF) señala que a fin de que un gasto sea deducible para efectos el Impuesto a la Renta se debe cumplir con el «principio de causalidad», que es la relación existente entre el egreso y la generación de renta gravada o el mantenimiento de la fuente productora; es decir, todo gasto debe ser necesario y vinculado con la actividad que se desarrolla. Además, el análisis de la causalidad se hará considerando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Leer más
Proponer dos demandas de divorcio sustentadas en causales independientes es una estrategia legal válida
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLas instancias judiciales pueden pronunciarse sobre si las ordenanzas municipales cumplen con los parámetros de validez para crear arbitrios
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa comisión de estructuración pagada a fin de obtener un préstamo bancario para adquirir un inmueble forma parte del costo
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