Es posible independizar las secciones que comprenden dos niveles (dúplex), aunque no haya una escalera que los comunique internamente
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Registral | Propiedad Inmueble. Pues bien, a juicio del Tribunal Registral (TR), «no corresponde observar la inexistencia de una escalera interna que conduzca al nivel superior de una misma sección de propiedad exclusiva de dos niveles (dúplex)». En la motivación de su resolución, la instancia explica que la «funcionalidad» se define en la jurisprudencia registral como el conjunto de características que hacen que el diseño arquitectónico planteado sea práctico, útil y satisfaga las necesidades de espacios habitables para el ser humano. Así, «si los propietarios declaran o dan su consentimiento formal en el título de que el predio, tal como está diseñado, satisface sus necesidades de habitabilidad, dicho aspecto no se encuentra sujeto a la calificación registral» (sic). Al respecto, en el XXII Pleno del Tribunal Registral se aprobó el siguiente precedente de observancia obligatoria: «Para independizar secciones de propiedad exclusiva que no tengan acceso directo a la vía pública o a zonas comunes, se requiere constituir servidumbre de paso» (sic). Leer más
La presunción de veracidad no tiene un carácter absoluto | Las declaraciones juradas del proveedor serían válidas como medios probatorios
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