El crédito fiscal por donaciones en situaciones de desastre natural cumple con los requisitos establecidos en la Ley del IR

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En materia de anulación de laudos arbitrales, no corresponde al juez interpretar lo expresado por el recurrente

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Comercio Exterior | Colombia. El recurso de anulación de laudos arbitrales tiene un carácter excepcional, restrictivo y extraordinario, cuya procedencia depende de que se identifiquen y sustenten debidamente las causales que se invoquen, por lo que el juez de anulación debe rechazar de plano el recurso cuando las causales invocadas no correspondan a alguna de aquellas establecidas en la ley. Así las cosas, indicó el Consejo de Estado de Colombia, la competencia del juez del recurso de anulación está condicionada al principio dispositivo, según el cual el recurrente delimita, con la formulación y sustentación, el objeto que persigue, de manera que no es competencia del juez interpretar lo expresado por el recurrente para entender o deducir la causal invocada y menos para pronunciarse sobre aspectos no contenidos en el recurso extraordinario. Leer más

¿Debe pagarse el Impuesto de Alcabala si el contrato de compraventa del inmueble se resuelve?

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Notificación de la resolución de determinación que no reconoce el crédito por ITAN no interrumpe la prescripción para que el contribuyente pueda solicitar la devolución del saldo no aplicado

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La recurrente del caso presentó la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del año 2014 el 7 de mayo del 2015, allí consignó el saldo del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) no aplicado. El cómputo del plazo prescriptorio de la facultad para exigir la devolución se inició el 1 de enero siguiente a la fecha en que nació el crédito por dicho tributo; es decir, el 1 de enero del 2016 y culminó el 1 de enero del 2020, al no haber evidencia de algún acto de interrupción o de suspensión del referido plazo. Leer más

El cambio arbitrario e intempestivo de notificación de la resolución de cobranza coactiva de buzón electrónico a domicilio fiscal no interrumpe la prescripción de la deuda tributaria

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De acuerdo con la Corte Suprema (CS), la prescripción consiste en la extinción de la deuda tributaria por el transcurso del tiempo. El artículo 43 del TUO del Código Tributario dispone que el plazo aplicable para exigir el pago es de cuatro años y, de no mediar actos interruptorios o suspensivos, la acción de la administración para ejercer el cobro prescribirá por la inacción de ella misma. Por su parte, el inciso f) del artículo 45 del TUO del Código Tributario establece que el plazo de prescripción de la facultad de cobro de la deuda se interrumpe por la notificación del requerimiento de pago en cobranza coactiva y por cualquier otro acto notificado al deudor, dentro del procedimiento de cobranza coactiva. Leer más

El centro de trabajo no solo se identifica con el lugar específico de las tareas, sino también con la unidad de producción minera

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CS: no hay nulidad del laudo arbitral laboral por prescindir del informe económico a cargo de la autoridad laboral

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Si la Sunat no realizó un adecuado análisis de comparabilidad, corresponde que el TF declare la nulidad de la resolución de determinación y no que la revoque

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En este caso, la administración determinó intereses por préstamos recibidos de la parte vinculada de la recurrente (matriz no domiciliada ubicada en Bahamas) y estableció un ajuste por aplicación de las normas de precios de transferencia, al cual aplicó la tasa de retención del 30 %, con lo cual obtuvo una omisión a la retención del Impuesto a la Renta de no domiciliados. No obstante, en la apelación, el Tribunal Fiscal (TF) concluyó que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), al realizar el análisis de comparabilidad, según lo regulado en el inciso d) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, solo cumplió con analizar cuatro elementos de comparabilidad, los que fueron debidamente sustentados, pero no analizó los elementos solvencia del deudor y la calificación de riesgo, los cuales podrían tener impacto en la fijación de la tasa de interés a cobrar; en este sentido, revocó la apelada y dejó sin efecto la resolución de determinación. Leer más

El procedimiento para expedir Certificado de Jurisdicción, Certificado de Nomenclatura Vial y Certificado Negativo Catastral en Magdalena del Mar

El objeto de esta nueva ordenanza de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) es regular el procedimiento para la atención de solicitudes de Certificado de Jurisdicción, Certificado de Nomenclatura Vial y Certificado Negativo Catastral. La Subgerencia de Desarrollo Territorial de la municipalidad es la unidad orgánica competente para la atención y evaluación de las respectivas solicitudes y de la emisión de los respectivos certificados. El artículo quinto de la ordenanza precisa que, para obtener el Certificado de Jurisdicción, el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: Leer más

Todos los registros | Así se realizará la presentación electrónica, trámite e inscripción del parte judicial con firma digital

La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) aprobó la Directiva N.° DI-001-2024-Sunarp-DTR, Directiva que regula la presentación electrónica, trámite e inscripción del título conformado por el parte judicial con firma digital. La decisión deroga expresamente la Resolución N.° 240-2019-Sunarp-SN, del 18 de noviembre del 2019, que aprobó la Directiva N.° DI-03-SNR-DTR, denominada «Directiva que regula la presentación, trámite e inscripción del título conformado por el parte judicial con firma digital sobre medidas cautelares». Sobre esta norma se tiene que la presentación electrónica de medidas cautelares en el Registro de Predios no solo ha constituido una actuación eficiente y eficaz en la lucha contra la falsificación documentaria, también ha significado una medida de simplificación importante en las actuaciones internas propias de ambas instituciones que impactan considerablemente en la optimización de los plazos del procedimiento de inscripción en beneficio del administrado; por eso, la Sunarp decidió ampliar sus alcances para todos los registros jurídicos, respecto de todos los actos inscribibles contenidos en el parte judicial emitido con firma digital, conforme con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Leer más