La resistencia al régimen de visitas podría originar la variación de la tenencia; sin embargo, no constituye una regla absoluta

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Prima la flexibilidad: la parte demandante puede adicionar una causal más a su pretensión de variación de tenencia en el transcurso del proceso

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Incumplir itinerarios de vuelo configura un servicio falto de idoneidad

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Cuatro condiciones para que proceda el ajuste de valor de aduana por gastos de publicidad y marketing internacional

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Secretaría Técnica | Vivienda precisa unidad orgánica responsable de promover las políticas de accesibilidad universal

Con la finalidad de que la Secretaría Técnica recaiga en su Dirección de Accesibilidad, que es la unidad orgánica que tiene a su cargo la especialidad en materia de accesibilidad y es responsable de promover la implementación de las políticas y normativas en accesibilidad universal; el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el artículo 6° de la Resolución Ministerial N.° 247-2024-Vivienda, que formaliza el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional de Accesibilidad Universal al 2040 y crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, que formulará y diseñará la propuesta de la Política Nacional de Accesibilidad Universal al 2040, en los siguientes términos: Leer más

¿Cuál es el plazo para rectificar las planillas?

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El principio de congruencia: los jueces deben pronunciarse sobre cada una de las causales de nulidad

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En los productos lácteos: «no se cuestiona per se el rótulo aprobado por Digesa, sino, la forma en que se publicita el producto»

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Colombia: no existe alguna norma que exija a los importadores declarar el UUID en procesos fiscales o aduaneros

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DUA, comercio

La DIAN indicó si prevalece o no la extinción de dominio o el abandono legal de mercancías ubicadas en zona franca

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Derecho Comparado | Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia precisó que, pese a que en el abandono legal de las mercancías ubicadas en zona franca se traslada la titularidad del derecho de dominio de la mercancía al Estado en cabeza de la DIAN, su mera ocurrencia no sanea la situación ilícita en que se encuentre la mercancía como consecuencia del proceso de extinción de dominio. Por consiguiente, ante la notificación o materialización de la medida cautelar emitida en el trámite de extinción de dominio, el área encargada de la DIAN deberá poner a disposición de la Fiscalía General de la Nación la mercancía afectada. Leer más