Tres requisitos para que la intimidación vicie el consentimiento y produzca la anulación de un contrato laboral
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesUna resolución convencional del contrato que en realidad es un contrato de mutuo disenso no resulta oponible al derecho de retracto
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesAl heredero preterido debe declarársele heredero y ordenar que concurra en la masa hereditaria
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesAnte la duda razonable y la carga de la prueba, la Suprema recuerda los cinco métodos de valoración aduanera
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesPrimer método: Valor de Transacción de las Mercancías Importadas, definido y normado por lo dispuesto en los artículos 1°, 8° y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus notas interpretativas.
Segundo método: Valor de Transacción de Mercancías Idénticas, definido y normado por lo dispuesto en los artículos 2° y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus notas interpretativas. Leer más
Constancias de posesión y reconocimiento municipales en favor de un asentamiento humano no son títulos que autoricen o justifiquen la posesión
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesQué entidad autoriza la extracción de materiales de construcción del cauce de un río
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Medioambiente /por Unidad Editorial Lex SolucionesGastos administrativos, financieros y diferencias de cambio se excluyen del cálculo del margen de ganancia bruta en los contratos de construcción
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Al aplicar el método de imputación establecido en el inciso a) del artículo 63 de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), para efectos del cálculo del porcentaje de ganancia bruta, la empresa constructora de este caso consideró que los «costos presupuestados» incluían como «costos indirectos» a los gastos administrativos, los gastos financieros, las cargas excepcionales y la diferencia de cambio incurridos en diversos ejercicios, conceptos contabilizados como gastos del ejercicio y deducidos como tales en las declaraciones del Impuesto a la Renta correspondientes. En este sentido, y considerando que el inciso a) del artículo 63 de la LIR establece un método de diferimiento de la renta bruta obtenida de un contrato de obra a lo largo de los años que dure, y que, para tal efecto, el inciso a) del artículo 36 de su reglamento ha señalado un ratio porcentual sobre la base del valor pactado de la obra y el costo presupuestado de la misma, que a su vez integra el costo real incurrido en años anteriores y el costo estimado a incurrirse en ejercicios futuros; el Tribunal Fiscal (TF) advierte que la norma indicada no prevé como parte del costo presupuestado para la determinación del porcentaje de ganancia bruta a los gastos administrativos, los gastos financieros, las cargas excepcionales (u otros egresos) y la diferencia de cambio, toda vez que se trata de erogaciones que por su función y naturaleza no son directamente imputables a la ejecución de cada obra de construcción contratada de forma específica, por lo que no forman parte del costo. Si bien pueden incluirse en el costo del contrato, cuando hayan sido especificados como reembolsables entre las partes del contrato de construcción, no se aprecia en este caso en particular tal situación. Leer más
Cuando el exportador recibe el «drawback» debe considerarlo como un ingreso y no extornar el costo de producción
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Derecho, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl TC declara parcialmente inconstitucional la ordenanza de Miraflores sobre la suspensión del inicio de obras en tanto el MVCS emita un pronunciamiento sobre la nulidad del informe técnico
/0 Comentarios/en Constitucional, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Constitucional | Jurisprudencia. El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoría del Pueblo contra los artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Municipal 610-MM, que dispone medidas complementarias para la evaluación de expediente de obras privadas con informe técnico favorable emitido por revisores urbanos, expedida por la Municipalidad Distrital de Miraflores. Según la sentencia recaída en el Expediente N.° 00001-2024-PI-TC, es inconstitucional (a) el siguiente extremo del artículo tercero de la mencionada ordenanza, referida a lo siguiente: «(…) y, en forma paralela, se emita el acto administrativo correspondiente, suspendiendo la efectividad y ejecutoriedad del mismo como licencia, hasta que el ministerio se pronuncie mediante resolución firme respecto del pedido de nulidad (…)» (sic). También resulta inconstitucional el artículo 4° de la ordenanza referido a la suspensión del inicio de obras. A decir del máximo tribunal, la suspensión del inicio de obras en tanto el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) emita un pronunciamiento sobre el pedido de nulidad del informe técnico favorable constituye un exceso en el ejercicio de las competencias municipales, en la medida en que no se advierte la existencia de una habilitación legal expresa, contemplada en la normativa especial aplicable, que habilite a la municipalidad demandada a determinar la suspensión hasta que el MVCS resuelva el pedido. Leer más
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