Se agota la posibilidad de pedir una prolongación adicional de la prisión preventiva si se da la comparecencia con restricciones

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Colombia y Venezuela aplican lineamientos para transporte internacional de carga terrestre

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Comercio Exterior | Colombia. El Ministerio de Transporte de Colombia fijó los lineamientos para la entrada en vigor del acuerdo entre Colombia y Venezuela sobre transporte internacional de carga y pasajeros por carretera. La medida responde al cumplimiento de los trámites internos y la decisión de la Corte Constitucional, que declaró exequible dicho instrumento binacional, permitiendo su aplicación a partir del 22 de agosto del 2025. La circular establece los requisitos que deberán cumplir las empresas transportadoras de ambos países para obtener los permisos de operación. Entre ellos se destacan la acreditación de documentos de idoneidad, pólizas de seguros, licencias de tránsito, registros de vehículos, contratos de vinculación y representación legal, dependiendo del tipo de transporte: carga por cuenta propia o prestación de servicios de transporte remunerado. Leer más

Más de mil espacios | Estacionar en Surco costará S/ 0,60 por 30 minutos

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) decidió ratificar la Ordenanza N.° 722-MSS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS) que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito. Este servicio se prestará en 1 617 espacios, de lunes a domingo, en el horario de lunes a domingo de 08:30 a 22:30 horas, con la tasa de S/ 0,60 por 30 minutos. Según el artículo octavo de la ordenanza, están exonerados al pago de la tasa: Leer más

CS: «no todos los incumplimientos de obligaciones del empleador son considerados como actos de hostilidad»

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La falta de acumulación de delitos conexos no importa un supuesto de cosa juzgada

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Colombia abre nuevas oportunidades de exportación en EE UU bajo el liderazgo del MinCIT

Derecho Comparado | Comercio Exterior. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) de Colombia informó que el Gobierno de EE UU expidió una nueva orden ejecutiva que abre una oportunidad significativa para las exportaciones colombianas. El cambio más relevante está en el Anexo III, que contempla productos a los que se podría reducir el arancel al 0 % en el marco de las negociaciones comerciales que hoy adelanta Colombia con EE UU. Con la llegada de la ministra Diana Morales al MinCIT, se adelantó un ejercicio técnico riguroso, se establecieron las bases de la negociación y, por primera vez, se generó la voluntad política necesaria para abrir un nuevo capítulo en la relación bilateral y participar en un proceso formal que prioriza los productos con mayor impacto en las regiones colombianas. [MinCIT, Comunicado – Exportaciones EE.UU. 9/07/2025]

Una posesión interrumpida implica el fin de la posesión

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Si el cese de labores por disolución y liquidación empresarial no se acredita, los despidos son arbitrarios y debe concederse la indemnización

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  En el caso, la parte recurrente manifiesta que la empresa demandada implementó una disolución y liquidación fraudulenta o arbitraria con el consiguiente despido de los trabajadores, incurriendo en la infracción normativa del inciso c) del artículo 46, 48 y 49 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-97-TR y numeral 8) del artículo 407 de la Ley N.° 26887. A juicio de la Corte Suprema (CS), si bien la demandada sustenta su decisión de cesar colectivamente a sus trabajadores en lo establecido por la ley, «tales disposiciones normativas se aplicaron en un contexto de estado de emergencia nacional debido al brote mundial del virus de la COVID-19; siendo la consecuencia de dicha decisión lo que cesó a sus trabajadores, entre ellos al demandante (…). Ahora, si bien la demandada tomó la decisión mencionada, también es cierto que el Estado peruano dispuso, para dicho escenario, medidas que debían adoptar los empleadores cuando el nivel de afectación económica no le permitía ejecutar labores bajo la modalidad de trabajo remoto, así también cuando no le era posible el otorgamiento de la licencia con goce de haber, precisamente con la finalidad de mantener la vigencia del vínculo laboral; y, de manera excepcional, podía optar por la suspensión perfecta de labores en aplicación del Decreto de Urgencia N.° 038-2020. Es decir, solo en caso extremo una empresa optaba por la suspensión perfecta, pero no estaba permitido el cese definitivo de los trabajadores, salvo acreditación (…). Leer más

Son tres los supuestos que autorizan la actuación de la prueba en segunda instancia

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  El Código Procesal Penal instituye un carácter excepcional y limitado a las pruebas que pretenda practicarse durante la sustanciación de los recursos de apelación contra sentencias definitivas. A decir de la máxima instancia judicial, «son tres los supuestos que autorizan la actuación de prueba en segunda instancia: prueba de imposible proposición en primera instancia, prueba indebidamente denegada por el órgano a quo y prueba admitida pero no practicada por causas no imputables al solicitante (artículo 422.2 del nuevo Código Procesal Penal). Adicional a ello, se tiene la regla ciertamente excepcionalísima del artículo 422.5 del citado código, que solo es admisible cuando las declaraciones de los testigos, incluidos los agraviados, adolezcan de sensibles defectos legales o déficits de información que impiden el necesario esclarecimiento de los hechos objeto del debate (…). Sin perjuicio de ello, también se reconoce la exigencia común de que los medios de prueba ofrecidos -que deben tener una corrección formal en su proposición y legitimidad constitucional-, cumplan dos requisitos fundamentales de carácter general: (i) pertinencia -relación que debe existir entre el hecho que pretende probarse y las afirmaciones que hicieron las partes- y (ii) utilidad -que atiende positivamente al medio en sí mismo considerado y negativamente a su condición de superfluo-. Leer más

Colombia suspende por completo exportaciones de carbón hacia Israel

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  Derecho Comparado | Comercio Exterior. El Gobierno nacional oficializó la entrada en vigor de un decreto que modifica el Decreto 1047/24 y establece la prohibición total de exportar carbón a Israel. La medida fue firmada por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, junto con otros jefes de cartera, y responde a la política estatal de respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. El decreto argumenta que, desde marzo del 2025, se intensificó la ofensiva bélica contra Palestina, lo que ha generado miles de muertes, heridos y desplazados. Según cifras incluidas en el documento, entre marzo y junio de este año se reportaron más de 5.000 palestinos asesinados, 17.000 heridos y 680.000 desplazados, mientras que desde octubre del 2023 las víctimas superan las 55.000. Estos datos fundamentan la decisión de impedir que los recursos colombianos apoyen la maquinaria de guerra israelí. Leer más