En el proceso de «mejor derecho a la posesión» no se discute «la posesión en sí misma»
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La Corte Suprema (CS) recuerda que, en el proceso de «mejor derecho a la posesión», no se discute «la posesión en sí misma», pues esto correspondería discutir en un proceso de interdicto de recobrar o retener, sino el «derecho a poseer» que tienen las partes en virtud a un título distinto al derecho de propiedad (por ejemplo: un derecho de usufructo, un derecho real de habitación o uso, etc. contra otro derecho igual, similar o de distinta naturaleza). Leer más
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