Cambios a la Ordenanza 561-MSI | Los documentos se considerarán registrados en la misma fecha en la que se presenten en la plataforma virtual de San Isidro
Mediante la Ordenanza N.° 561-MSI, publicada el 2 de mayo del 2022, se reguló la Plataforma virtual de atención al ciudadano de la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI). Y su artículo 14, específicamente, establece que los plazos de los procedimientos serán computados en días hábiles, a partir del día siguiente hábil de haber sido presentada la solicitud a través de dicha plataforma, que se encuentra disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana; sin embargo, el registro y verificación de los documentos se realizará de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes. Los trámites presentados después de ese horario, así como en los días sábados, domingos, feriados o cualquier día no laborable, se considerarán presentados el día hábil siguiente. Ahora, en línea con lo ordenado por el artículo 117 de la Ley N.° 27444 y con la Ley N.° 31170; la municipalidad modifica el artículo 14 (De los plazos) de la Ordenanza N.° 561-MSI, para señalar que «los plazos de los procedimientos de la plataforma serán computados en días hábiles, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General; a partir del día siguiente hábil de haber sido presentada la solicitud a través de dicha plataforma. La plataforma se encuentra disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los documentos se considerarán registrados en la misma fecha de su presentación en la plataforma virtual» (sic). [MDSI, Ord. 568-MSI, 23/09/2022] Leer más










