El cobro de dos conceptos sobre productos forestales en el TUPA del gobierno de Madre de Dios es ilegal
Se declaró barrera burocrática ilegal el cobro de S/ 50.00 por concepto del trámite del procedimiento de «verificación y visación del producto forestal para canje de GTF» para la obtención de la GTF; materializado en el Procedimiento N.º 67 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional N.º 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias. Además, la Sala del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal el cobro de S/ 30.00 por concepto del trámite del procedimiento de «inspección para la verificación de productos forestales maderables y no maderables, tanto para TH, CTP, CAD y CDC» para la realización de la inspección y verificación de productos maderables y no maderables por cada GTF; materializado en el Procedimiento N.º 69 del mismo TUPA referido. La razón es que estos cobros se habrían impuesto sobre procedimientos que no se encuentran sustentados en la normativa nacional y/o regional ni en la Resolución Ministerial N.º 0509-2017-Minagri, vulnerando lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N.º 29763 y el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. [Indecopi, R. 0382-2022/SEL-Indecopi, 21/9/2022]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Declaran barreras burocráticas ilegales los Procedimientos 67 y 69 del TUPA de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2020-RMD/CR y sus modificatorias
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXIX, N.º 16819.
Entidad: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: declara barrera burocrática ilegales.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de setiembre del 2022.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza Regional N.º 015-2020-RMD/CR.
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