Colas, rutas, horarios laborales | La nueva directiva de la ATU para fiscalizar el servicio de transporte urbano en Lima y Callao

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) dicta la Directiva N.° D-001-2020-ATU/DFS, Versión V02, «Directiva de fiscalización del servicio de transporte urbano en Lima y Callao», y deja sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 215-2020-ATU/PE, de fecha 30 de noviembre del 2020, que aprueba la Directiva N.° D-001-2020-ATU/DFS, Versión V01, Directiva que establece el «Protocolo durante la intervención a vehículos que prestan el servicio público de transporte urbano en Lima y Callao». Lo dispuesto producirá sus efectos a los treinta días calendario contados a partir de mañana. [ATU, R. 150-2022-ATU/PE, 5/08/2022] Leer más

La economía digital | Una Hoja de Ruta de Internet Industrial para el departamento de Ica

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

El día de hoy, el Gobierno oficializó la «Hoja de Ruta de Internet Industrial para el departamento de Ica», que se articula con el Sistema Nacional de Transformación Digital y sus normas reglamentarias, y que incluye las materias de innovación digital y promoción de la economía digital. Este decreto supremo también crea una comisión multisectorial de naturaleza temporal y dependiente del Ministerio de la Producción (Produce), denominada «Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta de Internet Industrial para el departamento de Ica», cuya vigencia será de seis años contados a partir del día hábil siguiente de su instalación. La Política Nacional de Transformación Digital incorpora como parte de sus servicios las iniciativas, proyectos, hojas de rutas o similares que permiten el desarrollo del internet industrial u otras tecnologías emergentes o de la cuarta revolución industrial en las regiones del país. [Produce, D. S. 012-2022-Produce, 4/08/2022] Leer más

El estado de emergencia por la COVID-19 regirá hasta el 28 de agosto

Este decreto supremo, publicado el pasado jueves 28 de julio, extiende por un plazo de 28 días calendario el estado de emergencia nacional. La medida regirá a partir del 1 de agosto. Según se expone, el Decreto Supremo N.º 092-2022-PCM responde a «las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19». Asimismo, se refiere que se ha tomado esta decisión, ya que actualmente existe un incremento de casos confirmados. [PCM, D. S. 092-2022-PCM, 28/07/2022] Leer más

Modificación e incorporación al código del consumidor: mejoras en la protección mínima del contrato de consumo

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Lima no puede exigir un estudio de impacto vial a los propietarios de grifos y tiendas de autoservicio

Este último sábado el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró barreras burocráticas ilegales las exigencias contenidas en el numeral 14.3 del artículo 14 y en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N.° 2087 dictada por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). Se trata de (i) la exigencia de presentar estudios de monitoreo dentro de los plazos establecidos a efectos de que las estaciones de servicio y tiendas de autoservicios puedan seguir operando en el mercado, dirigida a los establecimientos destinados a los usos de grifo, establecimiento de venta al público de GNV y/o GLP-gasocentro, y estaciones de servicios; y de (ii) la exigencia de presentar un estudio de impacto vial impuesta a los establecimientos o edificaciones que estén operando y que ocasionen impactos viales negativos, aunque dicho estudio no haya sido previamente requerido. Según resuelve la Sala del Indecopi con la Ley Orgánica de Municipalidades (N.° 27972) y el Reglamento Nacional de Edificaciones (Decreto Supremo N.° 017-2020-Vivienda), la Municipalidad Metropolitana de Lima cuenta con las competencias suficientes para emitir las normas necesarias para regular los procedimientos de licencias de habilitación urbana y proyectos de edificación, así como lo vinculado con la planificación y regulación del tránsito urbano de peatones y vehículos. Sin embargo, esto «no determina que deba imponer una carga adicional específica a los administrados que carece de sustento jurídico en alguna norma nacional con rango de ley. Ello por cuanto de la revisión del contenido del Texto Único Ordenado de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su reglamento y del Reglamento Nacional de Edificaciones, no se evidencia que se requiera que los establecimientos de ventas de combustibles y tiendas de autoservicio se encuentren obligados a presentar un estudio de impacto vial o estudio de monitoreo antes (como requisito para la obtención de la licencia respectiva) o después (como documentación necesaria para permanecer en el mercado)» (sic). [Indecopi, R. 0171-2022/SEL-Indecopi, 30/07/2022] Leer más

«Incuba Lima» permitirá fortalecer emprendimientos de alto impacto en las provincias

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Con la finalidad de implementar la incubación de negocios como una política de desarrollo económico local, así como identificar y fortalecer emprendimientos de alto impacto; la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) institucionaliza a través de esta ordenanza la Incubadora de Negocios Municipal (Incuba Lima). La Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Gerencia de Desarrollo Económico de la MML, es la unidad orgánica responsable de la implementación de Incuba Lima. Leer más

Vehículos declarados en abandono en Miraflores serán subastados bajo estas reglas

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Para gestionar eficientemente la disposición de los vehículos declarados en abandono que se encuentran en su depósito, la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) aprueba el «Reglamento del acto de disposición por subasta pública de vehículos declarados en abandono por la Municipalidad de Miraflores». Este texto desarrolla los siguientes temas: informe técnico, resolución administrativa de aprobación de la subasta pública, procedimiento de subasta pública, comisión de subasta, sobre la puesta en conocimiento del propietario del vehículo, convocatoria del acto de subasta, retribución del martillero, contenido del aviso, requisito y prohibiciones para ser postor, acto de subasta pública, acta de subasta, acta de adjudicación, nulidad de la subasta pública, destino del dinero obtenido, entrega del vehículo subastado e incumplimiento del adjudicatario. Leer más

El actuar diligente en el negocio | Una inmobiliaria debe dejar constancia de las condiciones en las que entrega el bien al consumidor

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:

Sentencia del Indecopi | Segunda instancia. El consumidor comunicó a la inmobiliaria los desperfectos del bien inmueble recibido a fin de obtener una solución; sin embargo, si bien el proveedor no alegó ni presentó alguna respuesta formal ante el reclamo, en sus alegatos de defensa señaló que su personal técnico se apersonó a la vivienda del denunciante con el objeto de levantar las observaciones. La inmobiliaria alegó que las fallas denunciadas del bien inmueble fueron ocasionadas por el mismo consumidor, pues se lo entregaron sin los desperfectos que denuncia. Señaló que el consumidor había ejecutado obras de remodelación y ampliación en su vivienda, lo que pudo generar el deterioro de algunas piezas de cerámico. Leer más

El Carné de Permiso Temporal de permanencia de extranjeros tendrá una vigencia de dos años

Del total de 150.793 personas extranjeras que obtuvieron el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP), solo 727 han realizado un trámite posterior a su entrega; es decir, 150.066 personas no han iniciado el procedimiento para el cambio de calidad migratoria (aproximadamente, solo el 5 % ha iniciado este procedimiento). Sobre estas cifras, el Gobierno decide ampliar el plazo de vigencia del CPP, para que los extranjeros que optaron por el «Procedimiento administrativo de regularización migratoria para personas extranjeras con situación migratoria irregular» tengan un plazo adicional de dos años que les permita acceder a una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente. Esta decisión modifica el artículo 5° de las medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras, aprobadas por el Decreto Supremo N.° 010-2020-IN. [Mininter, D. S. 008-2022-IN, 8/07/2022] Leer más

Todo el 2022 | La Sunafil emprende la «Campaña nacional en materia de igualdad salarial»

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) dispone la realización de la denominada «Campaña nacional en materia de igualdad salarial» para disminuir los niveles de discriminación salarial en el país y que el trabajo de varones y mujeres sea valorado adecuadamente, a efectos de garantizar el trabajo decente bajo el principio de igualdad. Esta campaña, que se desarrollará durante lo que resta del año 2022, también promueve una cultura de conciencia en materia de igualdad salarial entre varones y mujeres, así como la realización de acciones de fiscalización, en aras de salvaguardar el trabajo decente bajo el principio de igualdad. [Sunafil, R. 328-2022-Sunafil, 8/07/2022] Leer más