La adecuación será progresiva | El nuevo ROF de la Municipalidad Distrital de Jesús María

La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) aprobó su nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Estructura Orgánica, y dispone la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal conforme con las disposiciones previstas en la presente ordenanza. La Gerencia Municipal se encargará de adoptar las acciones necesarias para adecuar las unidades de organización municipales a la nueva estructura orgánica aprobada. El alcalde, a través de un decreto de alcaldía, dictará las disposiciones requeridas para implementar lo dispuesto. A su vez, la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación publicará el texto íntegro del ROF y la estructura orgánica en el portal institucional (www.munijesusmaria.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano. [MDJM, Ord. 692-2023-MDJM, 3/08/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17388.

Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 4 de agosto del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Información relacionada: ninguna.

Robos, hurtos, extravíos…, supuestos que eximen de responsabilidad al almacén aduanero

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Existen supuestos que eximen de responsabilidad al almacén aduanero, y que se encuentran previstos en el literal a) del artículo 117 de la Ley General de Aduanas, concordado con el literal a) del artículo 166 de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2009-EF. Y estos están referidos a la pérdida de la mercancía por caso fortuito o fuerza mayor, a consecuencia del robo, hurto, extravío o cualquier otra modalidad que impida que sea hallada. Leer más

Con beneficios administrativos, Magdalena busca regularizar las edificaciones ejecutadas sin licencia

Con el refrendo del alcalde actual del distrito de Magdalena del Mar, Francis James Allison Oyague, se oficializa la Ordenanza N.° 180-2023-MDMM, que establece las disposiciones para la regularización de las licencias de edificación en el distrito. La norma se aplicará a aquellas edificaciones ejecutadas sin licencia desde el 1 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2022, conforme con el procedimiento establecido en la Ley N.° 29090 y su reglamento, a fin de sincerar la situación real de los predios e impulsar la formalización de las edificaciones de los vecinos del distrito.

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Con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica | Se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN)

El Congreso de la República dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), así como las disposiciones para formular, ejecutar y mantener los proyectos o programas de inversión que estén a su cargo. Esto con la finalidad de contribuir al cierre de brechas de infraestructura y garantizar la efectiva prestación de servicios públicos, lo que servirá para dinamizar la economía e impulsar el desarrollo del país bajo un enfoque territorial, de prevención y de sostenibilidad ambiental. La ANIN se constituye como un pliego presupuestal y como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, con arreglo a lo dispuesto por la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Leer más

Las constructoras deben habilitar las subcuentas necesarias para llevar el control de los ingresos y costos de cada obra

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. El Tribunal Fiscal (TF) advierte que las empresas de construcción acogidas al método previsto en el inciso b) del artículo 63 de la Ley del Impuesto a la Renta determinan su renta bruta del ejercicio reconociendo simultáneamente: i) el ingreso cobrado o por cobrar por los trabajos ejecutados en cada obra durante el ejercicio y ii) los costos asociados a tales trabajos, esto en virtud del principio de correlación de ingresos y gasto. La exigencia de llevar una cuenta especial por cada obra, según el tribunal, responde a la necesidad de llevar un control de los ingresos y costos de cada una de ellas, a fin de poder identificar a qué obra pertenecen, en este sentido el contribuyente debe habilitar las subcuentas que sean necesarias. (V. P. Toledo Sagástegui) [TF, RTF 00538-3-2021, 15/01/2021]

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Una ley para garantizar la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios

Este último sábado el Congreso de la República oficializó la Ley N.° 31834, norma que establece medidas para garantizar la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, a fin de impulsar el gasto público en materia de inversiones, en el marco del proceso de reactivación económica. La norma autoriza a todos los niveles de gobierno a financiar hasta S/ 783 millones en intervenciones de reconstrucción mediante inversiones, obras de optimización y rehabilitación. Leer más

Ni la Ley del Impuesto a la Renta ni su reglamento establecen diferencias en cuanto a la depreciación de las edificaciones y otros activos fijos que son parte de ellas

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En el presente caso, los activos fijos materia de controversia consisten en un sistema contra incendios, aire acondicionado, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, puertas levadizas, sistemas de bombeo, sistemas de climatización, sistemas de detección de humo, sistemas de iluminación, sistemas de protección contra incendios, soportes de tuberías, entre otros similares, que fueron instalados en los locales comerciales en los que la recurrente desarrolla sus actividades comerciales (propios y alquilados). La administración tributaria efectuó el reparo sobre la depreciación de estos activos, toda vez que consideró que dichos bienes están referidos a las instalaciones fijas y permanentes que forman parte de edificios y construcciones, a las que les corresponde una tasa de depreciación tributaria anual del 5 %, mientras que la actora utilizó el 10 % (otros bienes del activo fijo), sin presentar medio probatorio que demuestre fehacientemente que dichos activos fijos no constituyen instalaciones fijas y permanentes. Leer más

Cambios en infracciones e incentivos | Nuevo horario de construcción en Jesús María y reglas para el cartel informativo de obra y para el uso de las torre grúa

En el recuento normativo, se tiene que la Ordenanza N.° 579-MDJM, publicada el 7 de junio del 2019, establece las acciones frente a daños materiales en predios de terceros causados por obras de edificación y demolición en el distrito de Jesús María. Con la Ordenanza N.° 642-MDJM, publicada el 27 de junio del 2021, se aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) y sus modificatorias. En la actualidad, con base en lo informado por la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, la Municipalidad Distrital de Jesús María decide modificar el horario de trabajo establecido en la Ordenanza N.° 154-MDJM y modificatorias, con el objeto de mitigar los impactos negativos (ruidos, polución, caída de escombros, entre otros) que puedan generar las actividades de construcción sobre los predios de propiedad privada en el distrito. Además, ordena modificar la Ordenanza N.° 579-MDJM, a fin de incluir normas que regulen y/o precisen aspectos relacionados con el cartel informativo de obras y su contenido, así como con el correcto funcionamiento de la torre grúa que se emplea en la construcción de edificaciones. Modifica también el RAS y el CUIS, y con ello restringe los incentivos para el pago de multas producto de infracciones cometidas en la construcción de edificaciones, demoliciones y obras en la vía pública; también modifica e incorpora códigos de infracción relacionados con el cartel informativo y el mantenimiento de la torre-grúa. De esta manera, se permite la ejecución de obras en predios de propiedad privada en el distrito, incluidos los pertenecientes a entidades públicas, en los siguientes horarios: Leer más

Miraflores precisa: todo proyecto de habilitación urbana y de edificación tendrá que respetar los parámetros urbanísticos

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Multas de hasta el 150 % de la UIT | No más terrenos sucios o sin cercar en Punta Hermosa

Con esta nueva ordenanza, la comuna de Punta Hermosa modifica la Primera Disposición Final de su Ordenanza N.° 472-MDPH, publicada en el Diario Oficial «El Peruano», el 27 de febrero del 2023, para señalar que las infracciones por no tener limpio el terreno sin construir (medida complementaria de retiro) y por no cercar terrenos sin construir (medida complementaria de cercado) tienen una multa de 100 % y 150 % de la UIT, respectivamente. La recuperación de los gastos y daños y perjuicios que acarree la ejecución subsidiaria por parte de la municipalidad por la construcción del cerco perimétrico o la limpieza y desinfección en los terrenos sin construir respecto de los cuales se haya iniciado procedimientos sancionadores, por el incumplimiento de la obligación establecida en esta ordenanza, se efectuará a través del procedimiento de ejecución coactiva conforme con lo dispuesto en el núm. 2 del artículo 209 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. [MDPH, Ord. 482-MDPH, 13/07/2023] Leer más