Así será el reglamento técnico aplicable al alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas para refuerzo de concreto que se fabriquen, importen, o comercialicen en Colombia

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Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) de Colombia publicó para comentarios, hasta el 21 de febrero del 2024, un proyecto de resolución mediante la cual se expediría el reglamento técnico aplicable al alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas para refuerzo de concreto que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia, clasificadas en las subpartidas 72.15.50.10.00 y 73.14.20.00.00. El reglamento no aplicará a material publicitario que ingrese al país de manera ocasional para participar en ferias, exposiciones o que tenga por objeto promocionar mercancías, siempre y cuando dicho material no sea utilizado en construcciones públicas o privadas ni a los demás productos de acero diferentes al alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas, establecidos en el numeral C.3.5 del NSR-10 que deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 53 del Decreto 1471 del 2014. Leer más

El Tribunal Fiscal determina que las «Bolas de Zinc» y las «Medias bolas de Zinc» se clasifican como cinc en bruto

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Con la publicación de una separata especial del Diario Oficial «El Peruano», el día de ayer, siete de febrero del 2024, el Tribunal Fiscal (TF) declaró como precedente de observancia obligatoria el siguiente criterio: «(…), las mercancías denominadas ‘Bolas de Zinc’ y ‘Medias bolas de Zinc’ se clasifican en la subpartida nacional 7901.11.00.00, como cinc en bruto, en el Arancel de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 238-2011-EF» (sic). Además, la instancia precisó que los productos «zinc pellets» (pellet de metal común vaciada en forma semiesférica) y «zinc berlingots» (lingote pequeño de metal común vaciada) se asimilan por sus características merceológicas a las «Bolas de Zinc» y «Medias Bolas de Zinc». Leer más

DUA, comercio

Nuevo procedimiento específico para aplicar preferencias arancelarias entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia, Perú y Ecuador, por otra

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El Decreto Supremo N.° 046-2017-RE ratificó el «Protocolo de adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador». El Decreto Supremo N.° 017-2017-Mincetur, a su vez, puso en ejecución este acuerdo desde el 1 de noviembre del 2017. Además, mediante Nota N.° 00254, del 15 de diciembre del 2020, la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú que, a partir del 31 de diciembre del 2020, deja de ser parte del acuerdo antes citado, debido al término del periodo de transición establecido para su retiro de la Unión Europea. Leer más

En Colombia, este es el valor máximo de lactosuero que puede añadirse a la leche

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Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) de Colombia estableció criterios para el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en relación con la prohibición de añadir lactosuero a la leche, contenida en el numeral 1° del artículo 14 del Decreto 616 del 2006 mediante el cual se definieron los requisitos que debe cumplir la leche destinada al consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el país, con el fin de proteger la vida, la salud, la seguridad humana y prevenir las prácticas que puedan inducir a error, confusión o engaño a los consumidores. Leer más

Operadores de las infraestructuras pesqueras y acuícolas tienen hasta el 30 de junio del 2024 para adecuarse al reglamento de inocuidad

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Se mantienen los beneficios | San Miguel extiende el régimen de condonación parcial de multas administrativas hasta febrero

La Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM) prorroga hasta el 29 de febrero del 2024 la vigencia de la Ordenanza N.° 489-MDSM, que aprueba un régimen de condonación parcial de multas administrativas en el distrito. Esta norma municipal se emite al amparo del artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N.° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Leer más

Termina la pesca oficial del perico

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El Ministerio de la Producción (Produce) da por concluidas las actividades extractivas del recurso perico (Coryphaena hippurus), desarrolladas en el marco de lo que establece el artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 000359-2023-Produce, a partir de las 00:00 del día de mañana. Según la norma, los armadores de embarcaciones pesqueras descargan el recurso perico siempre que cuenten con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas a la que se refiere el numeral precedente. Leer más

En el mismo plazo que tiene el ejecutado para pagar puede contradecir el mandato de ejecución

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La máxima instancia judicial recuerda que el artículo 722 del Código Procesal Civil establece que el ejecutado, en el mismo plazo que tiene para pagar, puede contradecir con arreglo a las disposiciones generales. Leer más

La nulidad formal del título también radica en el argumento de la letra de cambio en blanco

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Con los artículos 10, 119, 120 y 129 de la Ley de Títulos Valores, la Corte Suprema (CS) confirma que una «letra de cambio debe contener una orden incondicional de pagar una cantidad determinada o determinable de dinero, en tanto que, su finalidad como título valor es, la de preservar su libre circulación; la inobservancia de dicho requisito formal contenido en el artículo 119 inciso 1, literal c de la Ley de Títulos Valores, da lugar a la causal de contradicción al mandato de ejecución por nulidad formal del título, como correctamente ha determinado la sala superior de mérito (…), ya que, la decisión de declarar fundada la contradicción, no se sustenta en la causa de nulidad formal del título por haberse completado en forma contraria a los acuerdos adoptados, en tanto que la existencia de dichos acuerdos no se ha demostrado en autos, sino en que la nulidad formal del título en el caso analizado, radica en haberse emitido una letra de cambio en blanco, en garantía, que contiene una condición para su pago, en tanto se encuentra supeditada a que se produzca dicho acontecimiento para lograr su efectividad (…). Leer más

Accede al registro, accede al mercado | Tasa registral preferencial de cinco soles para inscribir los predios de zonas más pobres

El Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos (Minjusdh) establece una tasa registral preferencial, para promover y facilitar la inscripción de la propiedad inmueble y otorgar seguridad jurídica a través de las inscripciones en el Registro de Predios, para proteger el derecho de propiedad adquirido respecto a predios ubicados en los distritos más pobres del Perú que no han podido acceder al registro ni a la posibilidad de acceder a la inyección de capital mediante el acceso a créditos en el sistema financiero. Leer más