Todo va quedando listo | Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias
/0 Comentarios/en Civil, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) oficializó el Manual de Usuario «Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias – SIGM», conforme con el Decreto Legislativo N.° 1400, con su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 243-2019-EF, y con la Directiva DI-001-2025-Sunarp-DTR, «Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento», aprobada por la Resolución N.° 00013-2025-Sunarp-SN. Según precisa la norma, la Oficina de Tecnologías de la Información puede realizar las modificaciones que estime conveniente al manual, a fin de incluir nuevas funcionalidades o suprimir algunas de las existentes. Los cambios serán efectivos en la fecha de publicación de la resolución que los apruebe. Asimismo, el uso del SIGM y/o de los servicios puestos a disposición conlleva y supone la aceptación por el usuario de las respectivas modificaciones. [Sunarp, R. 00035-2025-Sunarp-SN, 2/03/2025] Leer más
Excepcionalmente, la tercería puede ser empleada para oponerse a afectaciones nacidas a partir de garantías reales
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex Soluciones
La resistencia al régimen de visitas podría originar la variación de la tenencia; sin embargo, no constituye una regla absoluta
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesPrima la flexibilidad: la parte demandante puede adicionar una causal más a su pretensión de variación de tenencia en el transcurso del proceso
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl principio de congruencia: los jueces deben pronunciarse sobre cada una de las causales de nulidad
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Derecho Comparado, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa extinción del objeto litigioso, la sustracción de la materia o la obsolescencia procesal
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesExpansión urbana | El reglamento de edificaciones se aplica a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesJurisprudencia | Casación. El artículo 1° de la Norma GH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece que las normas técnicas contenidas en su título se aplicarán a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos que deben ser concordantes con las normas de desarrollo urbano de cada localidad. En este caso, escribe la Corte Suprema (CS), «es evidente que de lo actuado y lo dicho por las instancias administrativas y judiciales, se ha determinado que el predio del demandante, que se intersecciona con la Avenida El Porvenir, no cumple las características ni funciones de una vía principal como lo indicó la autoridad administrativa, teniendo como prueba de ello que en el Plan de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Puno 2008-2012 no se encuentra dentro de las vías indicadas como principales, por lo que no ameritaría la imposición de una sanción pecuniaria (…); en tal virtud queda claro que la vía El Porvenir, vía en la que se encuentra el predio del demandante, que no se encuentra dentro de la clasificación de vías locales principales del plan citado, que es el instrumento técnico normativo de mayor jerarquía a nivel provincial para la previsión y promoción de las acciones de acondicionamiento territorial en cada área del conglomerado urbano, que cumple la función de gestión de programas y proyectos de inversión pública y/o privada en el ámbito territorial de la jurisdicción de la provincia de Puno, lo que no resulta amparable en el marco de un debido procedimiento sancionador realizado por la municipalidad demandada» (sic). (V. P. Ampudia Herrera) [CS, Cas. 26932-2021-Puno, 7/03/2023] Leer más
El interés superior del niño gobierna el proceso de adopción
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe liberaría de responsabilidad al empleador que ha cumplido previamente con las normas de seguridad y salud en el trabajo
/0 Comentarios/en Civil, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesLEX soluciones
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