La gravedad de las faltas laborales deben exponer las dos siguientes consideraciones

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Todo va quedando listo | Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) oficializó el Manual de Usuario «Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias – SIGM», conforme con el Decreto Legislativo N.° 1400, con su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 243-2019-EF, y con la Directiva DI-001-2025-Sunarp-DTR, «Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento», aprobada por la Resolución N.° 00013-2025-Sunarp-SN. Según precisa la norma, la Oficina de Tecnologías de la Información puede realizar las modificaciones que estime conveniente al manual, a fin de incluir nuevas funcionalidades o suprimir algunas de las existentes. Los cambios serán efectivos en la fecha de publicación de la resolución que los apruebe. Asimismo, el uso del SIGM y/o de los servicios puestos a disposición conlleva y supone la aceptación por el usuario de las respectivas modificaciones. [Sunarp, R. 00035-2025-Sunarp-SN, 2/03/2025] Leer más

Excepcionalmente, la tercería puede ser empleada para oponerse a afectaciones nacidas a partir de garantías reales

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La resistencia al régimen de visitas podría originar la variación de la tenencia; sin embargo, no constituye una regla absoluta

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Prima la flexibilidad: la parte demandante puede adicionar una causal más a su pretensión de variación de tenencia en el transcurso del proceso

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El principio de congruencia: los jueces deben pronunciarse sobre cada una de las causales de nulidad

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La extinción del objeto litigioso, la sustracción de la materia o la obsolescencia procesal

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Una de las formas de conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo es la declaración de sustracción de la materia. A criterio de la doctrina autorizada, «toda pretensión al ser postulada al proceso encierra una declaración de voluntad para solicitar una actuación al órgano jurisdiccional frente a determinada persona distinta al accionante. Esta pretensión tiene elementos intrínsecos que justifican esa postulación como el llamado interés para obrar, pero puede darse el caso que ese interés desaparezca antes que el derecho haga su obra porque la pretensión ha sido satisfecha fuera del ámbito jurisdiccional (…) nos encontramos ante una constante, la extinción del objeto litigioso por sustracción de la materia, la doctrina alemana los califica de obsolescencia procesal cuando ha cesado la situación cuya modificación se pide» (sic). Leer más

Expansión urbana | El reglamento de edificaciones se aplica a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos

Jurisprudencia | Casación. El artículo 1° de la Norma GH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece que las normas técnicas contenidas en su título se aplicarán a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos que deben ser concordantes con las normas de desarrollo urbano de cada localidad. En este caso, escribe la Corte Suprema (CS), «es evidente que de lo actuado y lo dicho por las instancias administrativas y judiciales, se ha determinado que el predio del demandante, que se intersecciona con la Avenida El Porvenir, no cumple las características ni funciones de una vía principal como lo indicó la autoridad administrativa, teniendo como prueba de ello que en el Plan de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Puno 2008-2012 no se encuentra dentro de las vías indicadas como principales, por lo que no ameritaría la imposición de una sanción pecuniaria (…); en tal virtud queda claro que la vía El Porvenir, vía en la que se encuentra el predio del demandante, que no se encuentra dentro de la clasificación de vías locales principales del plan citado, que es el instrumento técnico normativo de mayor jerarquía a nivel provincial para la previsión y promoción de las acciones de acondicionamiento territorial en cada área del conglomerado urbano, que cumple la función de gestión de programas y proyectos de inversión pública y/o privada en el ámbito territorial de la jurisdicción de la provincia de Puno, lo que no resulta amparable en el marco de un debido procedimiento sancionador realizado por la municipalidad demandada» (sic). (V. P. Ampudia Herrera) [CS, Cas. 26932-2021-Puno, 7/03/2023] Leer más

El interés superior del niño gobierna el proceso de adopción

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En este proceso judicial de adopción, la Corte Suprema (CS) recuerda que no se debe olvidar que «se encuentran involucrados derechos fundamentales de una adolescente, por lo que, cualquier decisión que se adopte se debe realizar a la luz del principio de interés superior del niño y del adolescente consagrado en el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, esto es, procurando la plena satisfacción de sus derechos, la protección integral y simultánea de su desarrollo integral y la calidad de vida, para lo cual, atendiendo a lo actuado en el presente proceso, resulta necesario analizar los siguientes aspectos: Leer más

Se liberaría de responsabilidad al empleador que ha cumplido previamente con las normas de seguridad y salud en el trabajo

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La Corte Suprema (CS) entiende por accidente de trabajo a «todo trastorno fisiológico adquirido por el trabajador a consecuencia de las labores realizadas para su empleador dentro de un contrato de trabajo. En tal sentido, de acuerdo con el artículo 2° del Decreto Supremo número 003-98-SA Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo en Riesgo» (sic). En el caso, apunta la máxima instancia judicial, «el demandante ha tenido un accidente laboral, dado que, se encontraba dentro de su horario laboral, y en el ejercicio de las funciones ordenadas por su empleador; esto es, el ejercicio de su poder de dirección, lo que ocasionará, que este sea responsable del resguardo de su integridad personal y corporal; encontrándose obligado a capacitar a su personal, siempre que las actividades a desempeñar sean de mayor complejidad y por su peligrosidad, como en el caso de autos. (…). Leer más