Edición extraordinaria: titular de actividades fiscalizables por el OEFA debe registrar en el módulo IMA los resultados de monitoreo ambiental
En la Edición Extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», publicada el viernes 9 de junio del 2023, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) publicó la resolución que modifica el numeral 5.1 del artículo 5° del Procedimiento de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental, aprobado por la Resolución del Consejo Directivo N.° 00028-2021-OEFA/CD, con el objeto de precisar que los administrados están obligados a registrar en el Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental (Módulo IMA) los resultados del monitoreo ambiental, además de registrar únicamente aquellos documentos emitidos por el laboratorio, según la normativa que rige el sector al que pertenece el administrado y/o conforme su instrumento de gestión ambiental. [OEFA, R. 00015-2023-OEFA/CD, 9/06/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Modifican el numeral 5.1 del artículo 5° del Procedimiento de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17293.
Entidad: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el numeral 5.1 del artículo 5° del Procedimiento de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N.° 00028-2021-OEFA/CD.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 10 de junio del 2023.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Resolución del Consejo Directivo N.° 00028-2021-OEFA/CD, que aprueba el Procedimiento de registro de informes de monitoreo ambiental y crea el Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental – Módulo IMA.
Información relacionada:
+ El reporte trimestral de acciones de fiscalización ambiental contra la minería ilegal será presentado vía el aplicativo informático a partir del primer trimestre del 2023. [OEFA, R. 00028-2022-OEFA/CD, 24/12/2022]
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