Ordenar la ciudad | Lince modifica su ordenanza sobre regularización de edificaciones
Con base en un informe de la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro, la Municipalidad Distrital de Lince (MDL) oficializó la ordenanza que modifica el Título I (Disposiciones Generales), el artículo 1° (Objetivo y finalidad) y adiciona el artículo 4°-A (Responsabilidades); asimismo, modifica los artículos 5° y 6° del Título II (Disposiciones Normativas) de la Ordenanza N.° 519-2024-MDL. Los cambios se dan con la finalidad de contar con una normativa que permita la regularización de unidades inmobiliarias igual o menores a 200 m2 (Modalidades A y B) con la presentación de la Carta de Seguridad de Obra debidamente sellada y firmada por un ingeniero civil colegiado, quien además deberá suscribir los planos de ubicación y localización del inmueble; los planos de arquitectura (planta, cortes y elevaciones) y la memoria descriptiva; la declaración jurada de responsabilidad penal y administrativa del propietario del inmueble a regularizar. Este procedimiento no tendrá a la Comisión Técnica para Regularización de Edificaciones como evaluador, sino a la Subgerencia de Obras Privadas, Planeamiento Urbano y Catastro teniendo como garantía la carta de seguridad del profesional responsable de la constatación de la obra a regularizar. Según la municipalidad, esta disposición busca «ordenar la ciudad» y «generar la obtención de recursos propios a la comuna distrital», recursos que son usados para la generación de obras públicas en beneficio de los vecinos del distrito.
Según la ordenanza, la declaración de datos falsos será de estricta responsabilidad del propietario y de los profesionales que intervengan en los procedimientos, los mismos que estarán sujetos a las sanciones administrativas, civiles y/o penales de ley, comunicándose, al mismo tiempo, a los colegios profesionales correspondientes para las medidas disciplinarias a que hubiere lugar. No procederá otorgar la regularización de la licencia de edificación de encontrarse cuestionada la titularidad del predio mediante proceso judicial o de no haberse solucionado el reclamo o queja presentada ante la entidad por daños materiales ocasionados por la ejecución de la obra o afectación del registro visual a predios colindantes. [MDL, Ord. 528-2025-MDL, 19/07/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza que modifica la Ordenanza N.° 519-2024-MDL de Regularización de edificaciones en el distrito de Lince
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18714.
Entidad: Municipalidad Distrital de Lince (MDL).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 20 de julio del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ordenanza N.° 519-2024-MDL, de regularización de edificaciones de Lince.
* Decreto Supremo N.° 006-2017-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
* Decreto Supremo N.° 011-2017-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.
* Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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