Breña dicta el procedimiento para la autorización, registro y supervisión del adolescente que trabaja por cuenta propia
Esta ordenanza municipal dictada por la Municipalidad Distrital de Breña (MDB) norma el procedimiento de la autorización, registro y supervisión del adolescente que trabaja por cuenta propia o en forma independiente, e incluye el registro del trabajador familiar no remunerado, presentada por el área de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (Demuna). La norma municipal establece disposiciones para la autorización, registro y supervisión del adolescente que trabaja por cuenta propia o en forma independiente y, asimismo, el registro del trabajador familiar no remunerado. Lo dispuesto es de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la comuna de Breña y para todo adolescente entre 14 a 17 años que trabaja por cuenta propia o en forma independiente, incluyendo el trabajador familiar no remunerado, en la jurisdicción de este distrito. Excepcionalmente se autorizará el trabajo de adolescentes a partir de los 12 años siempre que las labores a realizar no perjudiquen su salud o desarrollo ni interfieran o limiten su asistencia a los centros educativos y permitan su recreación.
Son requisitos para otorgar la autorización al adolescente que trabaja los siguientes:
«a. Que, la labor que desempeña o desea desempeñar no se encuentra señalada en la relación de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud física y/o moral de las y los adolescentes, aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 009-2022-Mimp.
b. Que, la labor que desempeña o desea desempeñar no implique un riesgo y/o peligro para su desarrollo o atente contra su integridad física, emocional, psicológica y/o moral, o la misma se contraponga a la moral y las buenas costumbres.
c. Que, se acredite la capacidad física, mental y emocional de el/la adolescente para realizar labores para las cuáles solicita la autorización.
d. Que, el trabajo no perturbe la asistencia regular a su centro educativo» (sic). [MDB, Ord. Mun. 601-2024-MDB, 4/04/2024]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ordenanza municipal que norma el procedimiento para la autorización, registro y supervisión de el/la adolescente que trabaja por cuenta propia o en forma independiente incluyendo el registro de el/la trabajador/a familiar no remunerado
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17832.
Entidad: Municipalidad Distrital de Breña (MDB).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: deroga la Ordenanza N.° 466-MDB.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 5 de abril del 2024.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27337, que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes.
Información relacionada:
+ La Sunafil dicta el protocolo de actuación para sancionar infracciones laborales relacionadas con el trabajo infantil. [Sunafil, R. 114-2017-Sunafil, 12/06/2017]
+ Lineamientos del MTPE para implementar el Modelo Municipal de Detección y Erradicación del Trabajo Infantil. [MTPE, R. M. 240-2022-TR, 31/08/2022]
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