La Sunat no puede exigir el sustento del cumplimiento del principio de «causalidad» en las adquisiciones de materiales de construcción

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. En este caso, La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reparó el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV) de la empresa constructora, por no sustentar el uso y destino de los gastos vinculados con la adquisición de materiales de construcción; es decir, tales gastos no cumplían con el principio de causalidad establecido en el primer párrafo del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Para el Tribunal Fiscal (TF) resulta razonable que la recurrente efectuara las adquisiciones de materiales de construcción para desarrollar su giro de negocio, pues tenían como finalidad ser utilizados en la ejecución de obras de infraestructura, como en efecto sucedió. Contrariamente a lo indicado por la Sunat, el tribunal señala que tales adquisiciones no calificaban como gasto sino como costo; por lo tanto, no correspondía que la administración observara tales adquisiciones como gastos sustentándose en el incumplimiento del principio de causalidad, dado que, por la naturaleza de los bienes, dicho principio no era aplicable. En su lugar, la Sunat debió efectuar su análisis y observaciones conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta, que regula el costo computable, lo que no hizo, por lo que el colegiado procede a levantar el reparo. (V. P. Huertas Lizarzaburu) [TF, RTF 05328-8-2021, 18/06/2021]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada: primer párrafo del artículo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF.

Entidad o persona comprometida: Intendencia Regional Ayacucho de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Artículo 18 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF.

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