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Lurín fija horarios de carga y descarga de mercaderías, materiales de construcción y gas licuado de petróleo en el distrito

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La Municipalidad Distrital de Lurín (MDL) regula el ordenamiento de las actividades referidas al acopio, carga y/o descarga y distribución de mercancías y materiales de construcción. De acuerdo con esta norma, el horario para la carga y descarga de mercancías, materiales de construcción y otros similares dentro de las zonas comerciales e industriales en la jurisdicción, se encontrarán sujetas a un área de recepción de mercadería dentro del área comercial autorizada y bajo los horarios que detalla. También establece el horario de carga y descarga de gas licuado de petróleo a granel y envasado, tanques estacionarios de gas y estación de servicios (grifos) y/o gasocentros, de acuerdo con el detalle de su artículo 5°, y de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares, en su artículo 7°. Las personas naturales o jurídicas que incumplan las normas dispuestas serán sancionadas con las multas previstas en el Cuadro Único de infracciones y Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Lurín y la aplicación de las medidas complementarias que correspondan. [MDL, Ord. 452-2022/MDL, 24/08/2022]

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La Punta regula el ruido ambiental en el distrito con un plan para los años 2023 a 2027

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Con este decreto de alcaldía, se aprueba el Plan de Vigilancia y Monitoreo de Ruido Ambiental del distrito de La Punta 2023-2027 y se encarga a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la División de Medio Ambiente, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal, a través de la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, el cumplimiento de la presente resolución. El texto íntegro del plan se publica en el portal institucional de la municipalidad: www.munilapunta.gob.pe[MDLP, D. de Alc. 007-2022-MDLP-AL, 23/08/2022] Leer más

Once modificaciones y dos incorporaciones | Vivienda modifica el Reglamento de Revisores Urbanos

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El numeral 6 del artículo 4° del TUO de Ley N.° 29090 crea la figura del revisor urbano como parte de los actores que intervienen en los procedimientos administrativos para la emisión de licencias de habilitación urbana y de edificación. El revisor urbano es el profesional arquitecto o ingeniero certificado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para verificar que los proyectos de habilitación urbana y/o anteproyectos en consulta y proyectos de edificación que se acojan a las modalidades B, C o D, para el otorgamiento de las licencias que establece la ley, cumplan con las disposiciones urbanísticas y/o edificatorias que regulan el predio materia de trámite, de conformidad con las normas de acondicionamiento territorial y/o de desarrollo urbano, el Reglamento Nacional de Edificaciones y otras normas que sean de competencia para el proyecto. Ahora, el MVCS, en el marco del Decreto Supremo N.° 012-2021-Vivienda, que aprobó la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030, ha identificado diferentes aspectos del Reglamento de Revisores Urbanos que deben ser actualizados y mejorados para continuar con la promoción de la reactivación de la economía nacional.  Leer más

Nuevas reglas para prevenir el contagio de la COVID-19 en Jesús María

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El proceso de la pandemia de la COVID-19 y las normas emitidas por el Gobierno nacional relacionadas con la prórroga del estado de emergencia nacional y nuevas medidas para la prevención y control del riesgo de transmisión de la COVID-19 en la comunidad, motivan a la Municipalidad de Jesús María a modificar la Ordenanza N° 609-MDJM. Por esta razón, establece nuevas disposiciones para prevenir, mitigar y evitar la propagación del COVID-19 en el distrito. Entre otros cambios, las actividades en espacios abiertos se realizarán respetando el aforo y protocolos establecidos por el Ministerio de Salud (Minsa), previa autorización de la municipal. Dichas actividades son: artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre, áreas naturales protegidas, monumentos, museos al aire libre, actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, eventos empresariales y profesionales al aire libre, mercados itinerantes y estadios deportivos al 100 % y con vacunación, de acuerdo con la normatividad vigente. De igual forma, en el caso de espacios cerrados se utilizará la mascarilla de manera obligatoria y el distanciamiento no menor de un metro. [MDJM, Ord. 671-MDJM, 21/08/2022] Leer más

Entran cuatro nuevos directores al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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El día de ayer, se oficializaron los nombramientos de los siguientes cuatro funcionarios: (1) Henry Daisuke Izumi Noda, en el cargo de director de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); (2) Martín Bernardo Jiménez Falen, en el cargo de director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS; (3) Carlos Amaya Alvarado, en el cargo de director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS y (4) Genaro Artemio Alva Zevallos, en el cargo de director de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del MVCS. [MVCS, R. M. 229-2022-ViviendaR. M. 230-2022-ViviendaR. M. 231-2022-Vivienda, R. M. 232-2022-Vivienda, 21/08/2022] Leer más

Quien tiene facultades para vender, tiene facultades para ratificar los actos de disposición

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el artículo 156 del Código Civil, el Tribunal Registral (TR) recuerda que, «para realizar actos de disposición (por ejemplo: vender, donar, permutar) o de gravar (por ejemplo: hipotecar, constituir garantía mobiliaria) se requiere de poder especial que contenga indubitablemente la facultad de disponer o gravar los bienes del representado, otorgado por escritura pública, bajo sanción de nulidad, no exigiéndose en dicho artículo que el encargo para disponer o gravar conste en forma ‘expresa o literal’ sino tan solo de manera ‘indubitable’ es decir, que no pueda dudarse, conforme al significado de dicha expresión en el Diccionario de la Real Academia Española (…)» (sic). En el caso, por ejemplo, el apoderado (…) sí tenía la facultad, entre otros actos, para realizar actos de disposición, como comprar, vender o donar en nombre de su representada (…), «facultad que se extiende indefectiblemente hacia los actos de ratificación de dichos negocios jurídicos por cuanto tienen una naturaleza análoga» (sic). Leer más

Las municipalidades no pueden aplicar el silencio administrativo negativo para emitir un certificado de conformidad ambiental para obtener y renovar rutas de transporte

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara barreras burocráticas ilegales la imposición de un régimen de evaluación previa con silencio administrativo negativo para el procedimiento «Modificación, ampliación o reducción de recorrido de ruta», materializada en el Procedimiento 121 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por la Ordenanza Municipal N.° 23-2021-MPC, y la imposición de un régimen de evaluación previa con silencio administrativo negativo para el procedimiento «Obtención y renovación de la Tarjeta Única de Circulación TUC (físico o electrónico) para transporte público de pasajeros urbano e interurbano», materializada en el Procedimiento 118 del indicado TUPA. De acuerdo con la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, los artículos 79 y 80 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como el artículo 46 del Reglamento de la Ley 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante el Decreto Supremo 008-2005-PCM, señalan que las facultades de la municipalidad se limitan a la aprobación de instrumentos de gestión ambiental de prevención y control, así como a la regulación sobre cómo las municipales distritales fiscalizan en materia ambiental; no obstante, dichas competencias no la habilitan para exigir, mediante un procedimiento administrativo de parte, la obtención de un certificado de conformidad ambiental para verificar el cumplimiento de la normativa ambiental, cuando, en realidad, tal función se realiza mediante actuaciones de oficio. En ese sentido, la sala considera que la municipalidad excede sus atribuciones para aprobar instrumentos de gestión ambiental de prevención y control, así como para aprobar la regulación provincial respecto de las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales. [Indecopi, R. 0246-2022/SEL-Indecopi, 19/08/2022] Leer más

Este es el reglamento de la ley que crea el bono de arrendamiento de vivienda para emergencias

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El Gobierno cumplió con aprobar el Reglamento de la Ley N.° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. El documento normativo está conformado por diez artículos y Una Disposición Complementaria Final. Su implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. En el marco de la autorización establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31526, el Ejecutivo dispone el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias para el arrendamiento de una vivienda ubicada en cualquier departamento del país, a excepción del departamento de Pasco, a las veintidós familias que forman parte del Informe 45-2018-DENOTDGIESP/Minsa, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud. La relación de estas veintidós familias será elaborada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y formará parte de la resolución ministerial que aprueba la convocatoria. [MVCS, D. S. 008-2022-Vivienda, 18/08/2022]

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La SBN precisa la unidad a cargo del levantamiento de las cargas en las compraventas y transferencias interestatal de predios del Estado

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Con esta resolución la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) modifica el literal e) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Directiva N.° DIR-00002-2022/SBN denominada «Disposiciones para la compraventa directa de predios estatales» y del último párrafo del numeral 6.24.1 de la Directiva N.° DIR-00006-2022/SBN denominada «Disposiciones para la transferencia interestatal y para la reversión de dominio de predios estatales». La modificación puntual de estas dos directivas se realiza para precisar la unidad de organización a cargo del levantamiento de las cargas en los actos de disposición de compraventa directa y transferencia interestatal, respecto a la ejecución de los proyectos declarados de interés, conforme al marco jurídico vigente. [SBN, R. 0059-2022/SBN, 18/08/2022] Leer más

MVCS autoriza transferencia financiera de hasta S/ 108 millones a favor del Fondo Mivivienda para el bono del buen pagador

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 108 748 809,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo Mivivienda S.A., destinada a la ejecución del bono del buen pagador. Asimismo, establece que el Fondo Mivivienda S.A. informará al MVCS los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con esta transferencia, conforme con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N.° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Convenio N.° 005-2022-Vivienda y sus adendas. [MVCS, R. M. 221-2022-Vivienda, 18/08/2022] Leer más