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Actualizados los requisitos sanitarios para importar harina de carne y hueso de especie bovina, para consumo animal, procedente de los EE.UU.
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Sunat debe analizar cada una de las operaciones que determinan la provisión de cobranza dudosa y no solo actuar sobre la base de un muestreo
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa importación de mercancías para realizar la Copa Mundial Femenina Sub-20 en Colombia se somete a estas condiciones
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Derecho Comparado, Gestión pública, Gobierno, Proyectos normativos /por Unidad Editorial Lex SolucionesDerecho Comparado | Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) de Colombia estableció las condiciones para la importación y reexportación de las mercancías requeridas para la realización de la Copa Mundial Femenina Sub-20 Fifa 2024. Según el documento, para el ingreso al territorio aduanero colombiano de las mercancías referidas en el literal B del artículo 3° de la Ley N.° 2344 del 2023 se tendrán en cuenta varias condiciones:
i) El documento de transporte correspondiente deberá venir consignado a nombre de la persona o entidad beneficiaria.
ii) El trámite para la presentación de la declaración de importación podrá corresponder a la modalidad de importación temporal de corto plazo para reexportación en el mismo Estado o bajo la modalidad de importación ordinaria o franquicia, teniendo en cuenta el tipo de mercancía.
iii) Cuando se presente declaración de importación bajo la modalidad de importación temporal de corto plazo para reexportación en el mismo Estado no se exigirá la constitución de la garantía a que hace referencia el artículo 205 del Decreto 1165 del 2029.
Así mismo, la norma plantea que, para los viajeros procedentes del exterior que posean tiquetes válidos para asistir a la competencia de la Copa Mundial Femenina Sub 20 Fifa 2024, no aplicará el pago del tributo único referido en el artículo 4° de la Ley N.° 2344. [Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, R. 000072-24, 8/05/2024]
Entidades exoneradas del IR: cumple el fin de «asistencia social» la asociación que entrega una ayuda económica por única vez a sus asociados en caso de fallecimiento
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/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl monto principal adeudado (monto capital), que se muestra en el saldo deudor al momento de interponer la demanda, es el eje de la puesta a cobro en sede judicial
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/0 Comentarios/en Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl honorario de éxito pagado al contratista por el ahorro en la mano de obra se deduce si se prueba el principio de causalidad
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesCorte Suprema | Impuesto a la Renta. El contribuyente, para sustentar la causalidad del gasto por el honorario de éxito pagado a su contratista, que le generó un ahorro sobre la mano de obra, presentó las facturas y el documento denominado «Cálculo de bono de éxito». Sobre esto, la Corte Suprema (CS) entiende que, si bien tales cálculos constituyen documentos internos que podrían respaldar el desembolso por el bono de éxito, no cuentan con respaldo probatorio en el que se advierta que tal condición pactada se cumplió bajo los alcances del contrato, pues, para ello, la empresa recurrente tendría que haber presentado documentos que la vincularan, como, por ejemplo, que era parte de su política o que dicho ahorro formó parte de las decisiones de sus estatutos u otro similar; y, de esta manera, reforzar su documentos internos. En cuanto a las valorizaciones presentadas, la corte considera que, si bien se demuestra los pagos e importes relacionados con los bonos, el contribuyente no sustenta si ese ahorro del costo del servicio de mano de obra se ejecutó conforme con las condiciones pactadas o si se encontraba respaldado en la documentación adicional. Leer más
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