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Nueva versión del procedimiento Garantías de operadores de comercio exterior
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesA consulta pública, las posibles modificaciones a los procedimientos de «Importación para el consumo» y «Manifiesto de carga»
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesAlcance del término «otros» para la emisión de notas de crédito
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSunat | Reglamento de Comprobantes de Pago. De acuerdo con el Reglamento de Comprobante de Pago, las notas de crédito son documentos que se emiten en relación con comprobantes de pago otorgados con anterioridad, con el propósito de modificar la información contenida en estos, debido a que después de su emisión se han producido anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones u otros. Leer más
Obligación de las agencias de aduanas para solicitar y conservar copia del balance general y estado de resultados
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Derecho Comparado, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEdición Extraordinaria: nueva Estrategia nacional para la reducción e interdicción de la minería ilegal en el Perú al 2030
/0 Comentarios/en Ambiente, Gestión pública, Gobierno, Medioambiente, Minería /por Unidad Editorial Lex SolucionesEdición Extraordinaria: Ley de Vivienda de Interés Social
/0 Comentarios/en Comercio, Congreso, Construcción, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe oficializó la Ley N.° 32379, Ley de Vivienda de Interés Social (VIS), que garantiza el derecho de acceder a una vivienda digna, adecuada y segura, y prioriza la atención de los ciudadanos en situación de pobreza o pobreza extrema o de vulnerabilidad social. La norma, publicada en una Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», define a la Vivienda de Interés Social (VIS) como el tipo de vivienda promovida por el Estado para reducir el déficit habitacional cualitativo y cuantitativo. Incluye a la Vivienda de Interés Social de Tipo Prioritaria (VISTP), dirigida en favor de las personas que se hallan en condición de pobreza o pobreza extrema y, en especial, de aquellas en situación de vulnerabilidad social.
En sus disposiciones, la norma señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) establece las características y componentes técnicos de la VIS dentro del Crédito Mivivienda, de la VIS y de la VISTP dentro del Programa Techo Propio, y de otros productos promovidos por el MVCS, considerando la brecha del déficit habitacional cualitativo y cuantitativo, las posibilidades de acceso al crédito de los hogares, las condiciones de la oferta, la suma de fondos del Estado destinados a los programas de la VIS, entre otros. Leer más
Lineamientos para reconocer el compartimento libre de la influenza aviar y/o Newcastle para la exportación a Perú de huevo para incubar y ave de corral de un día
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesA consulta pública, condiciones y procedimiento para presentar una carta fianza en los procedimientos de reclamación y apelación extemporáneos ante Sunat
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Dian aclara criterios para clasificación arancelaria de unidades funcionales importadas a Colombia
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesComercio Exterior | Derecho Comparado. La Dian aclaró varios aspectos clave sobre las solicitudes de clasificación arancelaria de unidades funcionales, mecanismo utilizado para importar equipos que operan como un conjunto. Esta herramienta ha sido objeto de ajustes normativos con el fin de evitar el uso indebido de beneficios arancelarios y garantizar criterios técnicos unificados en su aplicación. Entre los elementos más importantes se encuentra la definición precisa de qué partes pueden incluirse en dichas solicitudes, restringiéndose a aquellas que inciden directamente en la función principal del conjunto importado. Según la Dian, la resolución de clasificación arancelaria tiene vigencia indefinida; sin embargo, el plazo de un año al que alude la normativa corresponde al término máximo para importar todos los componentes que conforman la unidad funcional. Además, la reutilización de resoluciones anteriores es válida siempre que las mercancías sean idénticas y no hayan sufrido modificaciones en su nomenclatura, ni hayan sido derogadas o revocadas por la entidad. Leer más
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