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La Semana de la Educación Financiera será la primera semana de octubre de cada año

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La Sunat saca a consulta pública el nuevo procedimiento «Restitución simplificado de derechos arancelarios»

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Llega al Congreso el convenio con Gran Bretaña e Irlanda del Norte para eliminar la doble tributación

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La CAN oficializa las normas para el registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios

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El nuevo RASA y CISA de la Municipalidad Distrital de Surquillo

Esta ordenanza aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS). De esta manera, la comuna regula la actividad de fiscalización y el procedimiento administrativo sancionador en el ámbito de competencia de la Gerencia de Fiscalización y Control y la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, conducentes a determinar la responsabilidad administrativa por la comisión de infracciones y la aplicación de sanciones, así como el dictado y ejecución de las medidas provisionales y complementarias, según corresponda. Entonces, las disposiciones contenidas en la ordenanza tienen por finalidad promover el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivadas de normas nacionales y municipales, garantizando la adecuada imposición de sanciones y previniendo la continuación de conductas infractoras en el distrito. Lo regulado resulta aplicable a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada y sucesión indivisa, susceptibles de incurrir en la comisión de infracciones administrativas dentro de la circunscripción territorial de Surquillo. [MDS, Ord. 567-2025-MDS, 15/10/2025] Leer más

Separata Especial: norma para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en los juegos o apuestas a distancia

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Actualizados los requisitos sanitarios para importar huevos fértiles de gallina desde Brasil

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Es válido que la Sunat solicite información de periodos prescritos para verificar su incidencia tributaria en periodos no prescritos

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Atención con las tercerías | ¿Desde cuándo se determina que culmina la construcción de un inmueble?

Jurisprudencia | Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. En este caso, según la administración no procedía la tercería de propiedad debido a que, si bien la recurrente había celebrado un contrato de bien futuro en relación al predio, la partida registral en la que se inscribió el inmueble registra como titular a la empresa (…) y no a la recurrente. El Tribunal Fiscal (TF) concluye que, previamente a la suscripción del contrato de compraventa, el bien inmueble ya tenía existencia considerando la conformidad de obra que da cuenta de la culminación de la construcción, por lo que se desprende que la recurrente adquirió la titularidad del bien con la suscripción del referido contrato; situación que, para efectos de la tercería puede corroborarse a la fecha de otorgamiento de la escritura pública por parte del notario público; por lo tanto, se encuentra acreditado en autos que el bien embargado fue adquirido por la recurrente con anterioridad a la medida cautelar trabada por la administración. En este sentido, el tribunal dispone que la administración proceda al levantamiento de la medida cautelar de embargo en forma de inscripción trabada sobre dicho inmueble. (V. P. Muñoz García) [TF, RTF 04026-7-2025, 5/05/2025] Leer más

Un grupo de trabajo para reglamentar la ley que promueve agricultura moderna

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