No solo en el registro personal o de personas jurídicas | El concurso, disolución o liquidación también se inscribe en el registro de predios y en el de bienes muebles
Tribunal Registral | Registro de Predios. Así resuelve el Tribunal Registral este caso en el que la registradora tachó el título al considerar que contiene un acto no inscribible en el Registro de Predios. Sin embargo, para la instancia registral, a efectos de establecer los actos inscribibles en este registro, en primer lugar, se debe tener en cuenta el artículo 2019 del Código Civil; no obstante, esta norma no es la única que determina el carácter inscribible de un acto, ya que, tal como lo menciona el artículo 2° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, existen normas especiales que establecen otros actos que se podrán inscribir. El bloqueo registral, por ejemplo, se encuentra regulado en el Decreto Ley N.° 18278; la caducidad de medidas cautelares, de ejecución y de gravámenes las regula el artículo 625 del Código Procesal Civil y la Ley N.° 26639; las habilitaciones urbanas y la declaratoria de fábrica, la Ley N.° 29090; el reglamento interno y la junta de propietarios están regulados por la Ley N.° 27157 y demás normas ampliatorias y reglamentarias, entre otras. Leer más









