La insistencia de la suprema: es perfectamente aplicable la causal de disminución de punibilidad para toda clase de delitos
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Es cierto que el artículo 22, segundo párrafo, del Código Penal excluye los efectos de la responsabilidad restringida para los casos de violación sexual. Sin embargo, la Corte Suprema (CS) anota al respecto que, «esto no debe entenderse como una prohibición absoluta y sin matices (…), pues dicha prohibición vulnera el principio de igualdad ante la ley, previsto en el inciso 2 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Por tanto, es perfectamente aplicable dicha causal de disminución de punibilidad para toda clase de delitos. En este contexto, al no haberse aplicado la referida causal pese a que se estaba obligado a incorporarlo en el juicio de determinación judicial de la pena al tenerse el dato cierto sobre la edad del recurrente, se ha vulnerado el precepto material» (sic). Leer más
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