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Es imperativo que el Indecopi ordene una pericia si el reclamo es por rajaduras o fallas estructurales en el departamento adquirido

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. En este caso, los consumidores denunciaron a la empresa constructora porque luego de la entrega el inmueble presentó rajaduras en las columnas, las vigas, las paredes y los pisos. Asimismo, solicitaron se lleve a cabo una pericia técnica en dicho departamento a fin de que se revisen los desperfectos denunciados. La constructora se defendió al señalar que el edificio en el que se ubica el departamento cuenta con las debidas autorizaciones y licencias expedidas por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que contrató a una empresa para reforzar el tarrajeo del casco del edificio y que era necesario que se realice una pericia técnica que dictamine acerca del origen y la gravedad de las rajaduras denunciadas.

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El Gobierno incorpora al TUPA del Indecopi cuatro procedimientos para solicitar el control previo de las operaciones de concentración empresarial

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En el antecedente de esta noticia, se tiene que la Ley N.° 31112 establece el control previo de las operaciones de concentración empresarial; y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 039-2021-PCM, los procedimientos y los requisitos que deben cumplir los administrados obligados a solicitar la autorización previa del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) antes de realizar una operación de concentración empresarial, ya sea en su modalidad regular o simplificada, así como para solicitar la revisión de las condiciones de conducta que impone la autoridad administrativa al momento de dar pase a una operación de tal naturaleza. Bajo este marco normativo, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Indecopi a fin de incorporar los procedimientos administrativos denominados:

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El Cofopri aprueba dieciséis formatos para lograr la formalización masiva de pueblos nuevos

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Son dieciséis los formatos aprobados y que se utilizarán en el proceso de formalización masiva de pueblos nuevos:

Anexo N.° 1: Ficha de Empadronamiento o Verificación (Ley N.° 31056).

Anexo N.° 2: Título de propiedad gratuito registrado con carga.

Anexo N.° 3: Declaración jurada de no ser propietario/a o copropietario/a de otro inmueble destinado a vivienda, uso comercial o industrial dentro del territorio nacional.

Anexo N.° 4: Instrumento de levantamiento de carga.

Anexo N.° 5: Instrumento de transferencia.

Anexo N.° 6: Título de propiedad gratuito registrado – Reubicados.

Anexo N.° 7: Transferencia de propiedad.

Anexo N.° 8: Instrumento de transferencia – Lote en zona de riesgo, secciones de vías y/o servidumbres de líneas de alta tensión.

Anexo N.° 9: Compromiso de pago.

Anexo N.° 10: Notificación para el pago del saldo de precio.

Anexo N.° 11: Declaración jurada de elección de forma de pago.

Anexo N.° 12: Instrumento de transferencia.

Anexo N.° 13: Título de propiedad gratuito registrado.

Anexo N.° 14: Título de propiedad oneroso registrado

Anexo N.° 15: Título de propiedad gratuito registrado.

Anexo N.° 16: Título de propiedad gratuito registrado. [Cofopri, R. D. D000077-2021-Cofopri-DE, 17/06/2021]

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Correcciones a la ordenanza que regula el uso de los estacionamientos vehiculares en las zonas comerciales de La Victoria

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Esta fe de erratas de la Municipalidad Distrital de La Victoria (MLV) corrige la Ordenanza N.° 374/MLV, que regula el horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en las zonas comerciales y vías locales que se hallan dentro de la jurisdicción del distrito. Las correcciones descansan en el texto del artículo 10 (Descripción de la infracción) y en el del artículo 11 (Régimen de incentivos) de la disposición municipal. [MLV, Fe de Erratas – Ord. 374/MLV, 17/06/2021]

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Tarjeta

Cajero Delivery SAT para que pague sus tributos sin salir de casa

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El servicio Cajero Delivery SAT se podrá solicitar llamando al 956 212 474 para programar la visita de un cajero a tu domicilio. Con esta opción se pueden cancelar el Impuesto Predial, el vehicular y los arbitrios, y se pone a disposición para ofrecer más alternativas a los ciudadanos del Cercado. El SAT de Lima, por otro lado, recuerda que el pago oportuno de los tributos sirve para mejorar y/o ejecutar obras, así como brindar servicios en beneficio de la ciudad. [SAT de Lima, Noticia – SAT (Cajero Delivery), 16/06/2021]

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El Inacal oficializa la Norma Técnica Sistemas de Gestión del Compliance

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El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) oficializó la Norma Técnica Peruana (NTP) NTP-ISO 37301:2021 Sistemas de Gestión del Compliance. Requisitos con orientación para su uso. 1a Edición, que reemplaza o deja sin efecto a la NTP-ISO 19600:2017 NTP-ISO 19600:2017 Sistemas de gestión de cumplimiento. Directrices. 1a Edición. El Inacal es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción (Produce), con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad. [Inacal, R. D. 010-2021-Inacal/DN, 16/06/2021]

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Malas liquidaciones, errores en las inscripciones, olvido de precedentes… | El Registro Centralizado de Reclamos en materia registral será obligatorio desde el 21 de junio del 2021

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El día de hoy la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) oficializó el Registro Centralizado de Reclamos en materia registral, que consiste en un archivo colaborativo para el control del ingreso, seguimiento y atención de los reclamos que presentan los usuarios sobre los servicios registrales. El registro, tal como informa la parte considerativa de esta resolución, constituye una importante herramienta de gestión para identificar fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora en la prestación de estos servicios.

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Miraflores crea la Microzona Calle San Ramón y el Pasaje Juan Figari

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En el marco de la Ordenanza N.° 568/MM, que aprueba la creación de microzonas para la intervención del espacio público en el distrito de Miraflores, con el objetivo de mejorar la calidad urbana y dinamizar la economía local del distrito para fomentar el respeto de las normas de convivencia, priorizar al peatón y a los usuarios de vehículos de micromovilidad; la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) crea la Microzona Calle San Ramón y el Pasaje Juan Figari, conformada por el eje establecido entre la calle San Ramón cuadras 01 y 02 y el pasaje Juan Figari cuadra 01, además de las zonas de influencia conformadas por la calle Óscar R. Benavides cuadras 03 y 04, calle Berlín cuadra 01 y calle Bellavista cuadra 02. Asimismo, aprueba la ficha técnica para la Microzona Calle San Ramón y el Pasaje Juan Figari, que establece todas las características técnicas específicas para esta microzona. [MM, D. de Alc. 008-2021/MM, 15/06/2021]

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Control urbano para el derecho de vía | San Martín de Porres oficializa su Plano del Sistema Vial

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Esta ordenanza aprueba el Plano de Sistema Vial Local Principal SVL-1, el Plano de Sistema Vial Local Principal SVL-2, el Plano de Sistema Vial Local Principal SVL-3 y el Plano de Sistema Vial Local Principal SVL-4. De acuerdo con la norma municipal, serán la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Gerencia de Fiscalización y Transporte y la Gerencia de Seguridad Ciudadana las encargadas de efectuar el control urbano necesario para cautelar el derecho de vía aprobado, y denegar cualquier solicitud que se presente sobre las áreas afectadas. El alcalde, mediante decreto de alcaldía, reglamentará la ordenanza, en lo que pudiera corresponder. [MDSMP, Ord. 519-MDSMP, 15/06/2021]

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La oficina registral de Chiclayo tramitará exclusivamente vía el SID-Sunarp las donaciones, daciones en pago, permutas, usufructos y anticresis

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A partir del 17 de junio del 2021, los partes notariales que contengan alguno de los actos que se detallan a continuación, y que se tramiten e inscriban en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N.° II-Sede Chiclayo, se expedirán con firma digital y se tramitarán exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), en aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N.° 1049:

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