Los casos de densidad alta | La zonificación y la ubicación del predio fijan la altura de la edificación
Vivienda | Opinión vinculante. En el año 2019, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) dejó como respuesta vinculante lo siguiente: «la altura de una edificación se encuentra en función a la zonificación y la ubicación del predio, de acuerdo a la normativa urbanística y edificatoria, establecida en el Plan de Desarrollo Urbano» (sic). Además, la autoridad resolvió que, si la altura indicada en el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios considera su cálculo en función a la sección de la vía, entonces, deberá primar la sección física de esta, que responde al trazo resultante de la habilitación urbana o de su integración con habilitaciones preexistentes o de la sección proyectada de la vía cuando genere afectación por tratarse de vías de carácter regional, provincial o nacional. La consulta se planteó de la siguiente manera: «Cuando la altura indicada en el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, para los casos de residencial de densidad alta, está vinculada a su ubicación referente a un tipo de vía; ¿debemos entender que el criterio técnico que prima es el ancho real de la vía, su funcionalidad, su diseño y sus características, de acuerdo a lo establecido en el D. S. N.° 04-95-MTC, más allá de su denominación?» (sic). (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Leg. 061-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-AMBR, 10/10/2019] Leer más










