Son 15 días hábiles y no calendario los que tiene Jesús María para resolver la conformidad de obra y declaratoria de edificación sin variaciones (modalidades B, C y D)
La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM), mediante la Ordenanza N.° 645-MDJM, publicada el 9 de setiembre del 2021 (Ver información relacionada), oficializó los procedimientos administrativos que se encuentran bajo la competencia de su Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, y cuyos derechos de trámite fueron ratificados con el Acuerdo del Concejo N.° 309 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), publicado en la misma fecha. Sin embargo, la comuna detecta un error en los procedimientos administrativos de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin variaciones, en las modalidades B, C y D, aprobados y signados con los números 12.88, 12.89 y 12.90, respectivamente, pues establecen un plazo de 15 días calendario en lugar de 15 días hábiles para resolverlos, tal como regula el literal 78.5 del artículo 78 del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. Así, para corregir, el yerro, la municipalidad dicta este decreto de alcaldía que modifica la ordenanza arriba citada y encarga a su Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación de la norma completa (incluido su anexo) en el portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal del Estado peruano www.peru.gob.pe. [MDJSM, D. de Alc. 014-2021-MDJM, 5/12/2021] Leer más










