El MVCS podrá establecer un valor excepcional del BFH y/o un valor excepcional del ahorro mínimo para casos especiales debidamente sustentados
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el artículo 6° (Valores excepcionales del BFH y del ahorro mínimo) del Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda. Con este cambio establece que, a través de una resolución ministerial, se pueda establecer un valor excepcional del BFH y/o un valor excepcional del ahorro mínimo para casos especiales siendo debidamente sustentados; asimismo, establece un valor excepcional del BFH y un valor excepcional del ahorro mínimo, con vigencia a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2022, exceptuándose de su aplicación a los grupos familiares en los que hayan víctimas que perdieron sus viviendas por destrucción a causa del proceso de violencia ocurrido entre mayo de 1980 a noviembre de 2000, o enfrentan problemas de vivienda como secuela directa de dicho proceso, las que deberán estar acreditadas con su inscripción en el Registro Único de Víctimas a cargo del Consejo de Reparaciones, a que se refiere el párrafo 6.2 del artículo 6° del Reglamento Operativo – CSP. [MVCS, R. M. 404-2021-Vivienda, 30/12/2021] Leer más









