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Este último sábado el Gobierno oficializó la incorporación del numeral 10.3 al artículo 10 de las disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8° de la Ley N.° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobadas por el Decreto Supremo N.° 015-2018-Minam. Según esta incorporación, «el titular o entidad ejecutora puede formular el Instrumento de Gestión Ambiental Complementario para las Intervenciones de Construcción (Igapro) por cada tramo, etapa, componente, o sector de obra, conforme a los respectivos formatos, sobre la base de la información, como mínimo, del diseño a nivel de ingeniería básica y/o de los estudios en desarrollo del expediente técnico o documento similar, considerando al menos uno de los siguientes criterios técnicos: Leer más