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Ate modifica las zonas de trabajo para el transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores

El Decreto de Alcaldía N.º 007-2018-MDA aprobó la Actualización de Estudio Técnico del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate (publicado el 13 de marzo del 2018). Con múltiples informes sustentatorios, la Municipalidad Distrital de Ate modifica la delimitación de las Zonas de Trabajo, por accesibilidad, y la creación de nuevos centros poblados y la corrección de planteamientos anteriores. Con estos cambios las personas jurídicas autorizadas en los sectores periféricos podrán prestar servicio en condiciones de igualdad y, asimismo, se les permitirá presentar propuestas de paradero en toda la zona de trabajo, las que deberán cumplir con todos los condicionantes exigidos por el artículo 38 de la Ordenanza N.º 457-MDA.  [MDA, Dec. Alc. 015, 16/10/2022] 

Ficha legal de la noticia: 

Sumilla y ubicación oficial de la norma: 

Modifican las Zonas de Trabajo aprobadas mediante el Decreto de Alcaldía N° 007-2018-MDA 

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXIX, N.º 16861. 

Entidad: Municipalidad Distrital de Ate (MDA). 

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el Decreto de Alcaldía N.º 007-2018-MD. 

Derogaciones: ninguna. 

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 17 de octubre del 2022. 

Fe de erratas: ninguna. 

Valores agregados LEX: 

Concordancias y antecedentes: 

* Decreto de Alcaldía N.º 007-2018-MDA. 

Información relacionada: ninguna.

construcción

¿Cómo demostrar que la compra de cemento premezclado para la construcción fue real?

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Tribunal Fiscal | Impuesto General a las Ventas. Para sustentar la adquisición de cemento premezclado cuyo Impuesto General a las Ventas (IGV) fue reparado por la Sunat como operaciones no reales, el contribuyente de este caso presentó la siguiente documentación: copias de los contratos para la venta de concreto premezclado; una carta de propuesta de suministro de concreto premezclado; copia de las facturas observadas; vouchers de depósitos en efectivo; documentos denominados «Control de entrega de concreto premezclado»; boletas de pago; fotografías; una declaración jurada del proveedor; así como, su registro de compras y registro de ventas y sus declaraciones juradas del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto General a las Ventas (IGV) por los períodos observados. Del análisis conjunto de la documentación presentada, el Tribunal Fiscal (TF) concluye que la recurrente no acreditó en forma fehaciente con documentación idónea y suficiente que la adquisición de concreto premezclado detallados en los comprobantes de pago observados correspondía a operaciones reales, por los siguientes motivos: los contratos por sí solos no acreditan la realidad de la operación observada, conforme con las RTF números 05203-4-2008 y 11490-8-2015, un contrato por sí solo acredita la existencia de un acuerdo de voluntades, pero no que las adquisiciones de bienes se hayan realizado. La carta de propuesta de suministro de concreto premezclado no puede acreditar la efectiva adquisición del mencionado bien, pues es un documento cuya finalidad es comunicar el precio ofertado. Leer más

Entre lo técnico y lo jurídico | Cuáles son los aspectos vinculantes del informe técnico de catastro en la calificación registral de una habilitación urbana

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. El Tribunal Registral (TR) recuerda que el «carácter vinculante del informe técnico emitido por el Área de Catastro en la solicitud de inscripción de las etapas de una habilitación urbana está referido a la adecuación del perímetro de la habilitación con su antecedente registral. Ello implica que el polígono de la habilitación urbana a inscribir debe encontrarse dentro o coincidir con el perímetro del predio inscrito en la partida en la que se solicita la inscripción» (sic). Sobre la vinculatoriedad del informe de catastro en el procedimiento registral, la instancia registral señala que, en el X Pleno del Tribunal Registral, realizado los días 8 y 9 de abril del 2005, se aprobó el siguiente precedente de observancia obligatoria: «El informe del área de catastro es vinculante para el registrador, siempre que se refiera a aspectos estrictamente técnicos. El registrador debe distinguir en su contenido los aspectos técnicos que sí lo vinculan, y otros aspectos de aplicación e interpretación de normas jurídicas, que no le competen a dicha área, sino de manera indelegable y exclusiva al registrador público» (sic). Según esto, los informes del Área de Catastro resultan vinculantes para el registrador, siempre que se refieran a aspectos estrictamente técnicos. «El registrador debe distinguir en el Informe Técnico de Catastro los aspectos técnicos de los jurídicos, por lo que el Informe de Catastro solo debe dar lugar a una observación cuando los defectos técnicos constituyan un obstáculo para la inscripción» (cfr., artículo 11 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios) (cfr., Resolución N.° 178-2020-Sunarp/SN, que aprobó la Directiva N.° DI-004-2020-SCT-DTR). (V. P. Jorge Luis Almenara Sandoval) [TR, R. 3921-2022-Sunarp-TR, 30/09/2022] Leer más

La firma digital se impone | El «SID Municipalidades» también inscribirá resoluciones municipales de embargo

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) implementó un acceso específico en el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), denominado módulo «SID Municipalidades», para que los funcionarios públicos de los distintos municipios provinciales y distritales presenten electrónicamente al registro los actos administrativos susceptibles de inscripción mediante el empleo de la firma digital. A través de este módulo, las municipalidades presentan actos de numeración, jurisdicción, nomenclatura, separación convencional, divorcio y adjudicación en el Registro de Predios y en el Registro Personal, según corresponda; previa suscripción del convenio de adhesión correspondiente. Ahora, la Sunarp viabiliza la presentación electrónica de títulos que contengan la medida cautelar de embargo y levantamiento de embargo dispuesto por los ejecutores coactivos de las municipalidades para que se inscriban en el Registro de Predios, esto dentro del marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS. El módulo «SID Municipalidades» garantiza un procedimiento íntegramente electrónico desde la presentación de la solicitud al registro hasta su correspondiente inscripción y fomenta la virtualización de los servicios registrales. La medida también actualiza el Convenio de Adhesión correspondiente entre la Sunarp y las municipalidades, para el uso del módulo «SID Municipalidades» del Sistema de Intermediación Digital de la superintendencia. Lo dispuesto, que regirá desde el 17 de octubre del 2022, deja sin efecto el artículo 3° de la Resolución N.° 119-2020-Sunarp/SN, del 25 de agosto de 2020, que aprueba el modelo de Convenio de Adhesión de Cooperación Interinstitucional entre la Sunarp y las municipalidades, para el uso del módulo «SID Municipalidades»; la Resolución N.° 179-2020-Sunarp/SN, del 14 de diciembre del 2020, y el artículo 3° de la Resolución N.° 134-2021-Sunarp/SN, del 7 de octubre del 2021, que aprueban la versión actualizada de dicho convenio. [Sunarp, R. 147-2022-Sunarp/SN, 12/10/2022] Leer más

La primera etapa de la ficha de empadronamiento | El Cofopri prescinde de la toma de huellas dactilares en el proceso de empadronamiento o verificación

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El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) estima que la toma de huellas dactilares dentro de las actividades de empadronamiento o verificación no se ejecutaría en la primera etapa de la puesta en marcha de la Ficha de Empadronamiento o Verificación en su versión digital. En ese sentido, autoriza para que se prescinda temporalmente de esta toma al empadronar o verificar a través de la versión digital de la ficha. Además, el Cofopri dispone que en tanto no se actualicen las directivas emitidas para ejecutar el proceso de formalización, cuando refieran al uso de formatos impresos en papel, se comprenda también a los formatos digitales o electrónicos que implemente. Por otro lado, se dispone la validez del uso del formato de Ficha de Empadronamiento o Verificación digital con eficacia anticipada desde el 6 de junio del 2022. [Cofopri, R. D000052-2022-Cofopri-GG, 11/10/2022] Leer más

Una corrección al Plan de acción para la implementación de los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo

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A solicitud del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el día de ayer, en una edición extraordinaria del Diario Oficial «El Peruano», se publicó la fe de erratas de la Resolución Ministerial N.° 283-2022-Vivienda, publicada en la edición del día 10 de octubre del 2022 (ver Información relacionada). Según la corrección, en el artículo 9° (Colaboración de otras entidades públicas o privadas), debe decir «[l]a Comisión Sectorial, con previo acuerdo de sus integrantes, puede (…)», y no “[l]a Comisión Sectorial, con previo rdo de sus integrantes, puede (…)». [MVCS, Fe de Erratas – R. M. 283-2022-Vivienda, 11/10/2022] Leer más

Comas extiende descuentos en multas administrativas hasta fin de mes

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La Municipalidad Distrital de Comas (MDC) prorroga con eficacia anticipada al 1 de setiembre del 2022 el plazo del vencimiento de la Ordenanza N.° 636/MDC «Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y beneficios de descuentos de multas administrativas», que se podrán cancelar hasta el 31 de octubre del 2022. De acuerdo con los considerandos de la norma, el beneficio otorgado por la ordenanza prorrogada ha obtenido una aceptación favorable entre la población del distrito, y a fin de que más vecinos tengan la oportunidad de beneficiarse, decide esta prórroga. El texto de decreto de alcaldía se publica en el portal web institucional www.municomas.gob.pe[MC, D. de Alc. 013-2022-MC, 11/10/2022] Leer más

Una comisión seguirá el plan hasta el 2030 | El plan de acción para implementar los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializa el «Plan de acción para la implementación de los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo», elaborado por el Grupo de Trabajo Sectorial creado por la Resolución Ministerial N.° 089-2022-Vivienda. El plan tiene por objetivo general establecer las estrategias, etapas y plazos para la implementación adecuada de los 33 servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030 (PNVU), en el marco de las funciones que realiza el MVCS, sus organismos públicos y entidades adscritas. Asimismo, tiene como objetivo definir los mecanismos para el seguimiento de los indicadores de la PNVU. Además, se crea una comisión temporal, su vigencia se fija hasta el 31 de diciembre de 2030, dependiente del MVCS denominada «Comisión sectorial para coadyuvar al seguimiento de la implementación de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030». [MVCS, R. M. 283-2022-Vivienda, 10/10/2022] Leer más

insecto, mosca

Los parques no se tocan | Lince prohíbe la construcción de obras de infraestructura en sus parques

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En línea con lo señalado por la Ordenanza N.° 1852-2014 de la Municipalidad de Lima Metropolitana, la Municipalidad Distrital de Lince (MDL) prohíbe la construcción de obras de infraestructura cuya finalidad sea ajena a la de recreación activa o pasiva en los siguientes parques: 1. Teniente Coronel Pedro Ruiz Gallo; 2. Mariscal Ramón Castilla; 3. San Juan Bosco; 4. Clemente Revilla; 5. Santos Dumont; 6. Alfredo Novoa Cava; 7. Del Bombero; 8. Elías Aguirre. La autoridad, funcionario o trabajador edil que inicie los trámites, que coordine o que dé su conformidad al término de la obra en contra de lo dispuesto será denunciado ante el Ministerio Público por el delito de abuso de autoridad y los delitos contra el medio ambiente, según lo dispuesto por el Código Penal peruano. Asimismo, se iniciarán los procesos administrativos disciplinarios que correspondan. A la entrada en vigencia de la presente ordenanza, de manera inmediata el Gerente de Desarrollo Urbano ordenará a la subgerencia respectiva el inicio de un procedimiento administrativo para resolver la paralización de la obra de infraestructura que contravenga lo ordenado. [MDL, Ord. 476-2022-MDL, 9/10/2022] Leer más

Establecimientos de Lince clasificados con nivel de riesgo alto deben realizar las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones previo al inicio de actividades

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La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) rectifica, con efecto retroactivo al 23 de abril del 2021, el artículo primero del Decreto de Alcaldía N.° 06-2021-MDL, en lo referido al procedimiento estandarizado de Inspecciones Técnicas N.° 03 y el anexo respectivo. De acuerdo con esta corrección, la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones debe realizarse previa al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasificados con nivel de riesgo alto. Actualmente, el mencionado artículo establece que Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones es posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasificados con nivel de riesgo medio. [MDL, D. de Alc. 12-2022-MDL, 9/10/2022] Leer más