Cambio de bienes por deuda | San Borja regula el régimen de pago de deudas tributarias y no tributarias en especie con bienes muebles
Esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de San Borja (MSB) establece los requisitos y el procedimiento a través del cual se podrán pagar las obligaciones tributarias y/o no tributarias mediante la entrega voluntaria a la entidad edil de bienes muebles que no superen los cuatro años de antigüedad, y/o el uso y disfrute temporal (usufructo) de estos a título oneroso. El artículo segundo de esta ordenanza precisa que se pueden cancelar total o parcialmente las deudas generadas por conceptos como arbitrios municipales, multas tributarias y otras de naturaleza no tributaria, cualquiera sea el estado en que se encuentren, acumuladas y no prescritas, excepto las deudas correspondientes al ejercicio corriente de naturaleza tributaria.










