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Separata Especial: Nuevo Reglamento de Intervenciones Arqueológicas

El Gobierno aprobó un nuevo Reglamento de Intervenciones Arqueológicas a fin de simplificar y flexibilizar los procedimientos administrativos en beneficio de los administrados, así como establecer procedimientos acordes con los principios regulados por la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS. La implementación de lo previsto en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Lo decidido deroga el artículo 2° y la primera disposición complementaria final del Decreto Supremo N.° 054-2013-PCM; el segundo párrafo de la segunda disposición complementaria final, la primera, la tercera y la cuarta disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N.° 060-2013-PCM; el Decreto Supremo N.° 003-2014-MC, que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; así como toda aquella norma que se oponga al presente reglamento. [MC, D. S. 011-2022-MC, 11/23/2022]

Cuarta postergación | Se suspenden por un año más la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores

En fecha pasada, mediante Decreto Supremo N.º 032-2018-EM, se dispuso suspender la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores por un plazo de doce meses (con coordenadas UTM-WGS 84). Esta suspensión fue prorrogada por los Decretos Supremos N.º 019-2019-EM, N.º 025-2020-EM y N.º 027-2021-EM, respectivamente. Ahora, el Ministerio de Energía y Minas decide nuevamente prorrogar por el plazo adicional de doce meses la suspensión de la admisión de petitorios, a fin de garantizar y continuar con las acciones técnico legales requeridas para la conservación del área de la Montaña de Siete Colores. [Minem, D. S. 015-2022-EM, 24/11/2022] Leer más

Concurso público para designar tres vocales de la Sala Especializada en Minería

El Organismo de Evaluación y Fiscalización (OEFA) dispuso la realización del concurso público para la designación de tres vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria. La resolución oficializa las bases del concurso público. [OEFA, R. 00024-2022-OEFA/CD, 24/11/2022] Leer más

Municipalidades pueden prohibir el tendido de cables eléctricos para preservar el espacio público, pero no por razones de seguridad y protección de sus vecinos

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi determinó, sobre la prestación de servicios públicos regulados por una entidad de alcance nacional, que las municipalidades ostentan una competencia de carácter residual, conforme con lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. En ese sentido, las municipalidades provinciales y distritales pueden ejercer otras funciones y competencias no establecidas específicamente en dicha ley, en tanto no se encuentren reservadas expresamente a otros organismos públicos de nivel regional o nacional. Leer más

El Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modificado V. 01 Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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Este último sábado, el Gobierno oficializó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modificado V. 01 Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Los órganos, unidades orgánicas y programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), comprendidos en las modificaciones, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modificado V. 01 Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. El plan operativo se publica en la sede digital  ministerial www.gob.pe/vivienda[MVCS, R. M. 320-2022-Vivienda, 11/11/2022] Leer más

La supervisión aleatoria de expedientes | El OEFA fija criterios para vigilar las acciones realizadas por las oficinas desconcentradas

Mediante Resolución del Consejo Directivo N.º 018-2018-OEFA/CD se aprobaron los Lineamientos para la delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Ahora, el OEFA decide modificar el artículo 7º (Vigilancia de las acciones realizadas en el marco del ejercicio de las funciones delegadas) de estos lineamientos a fin de precisar y establecer criterios en la vigilancia de las acciones realizadas en el marco del ejercicio de las funciones delegadas a las Oficinas Desconcentradas. Según esta modificación, «los órganos delegantes, al concluir cada trimestre, realizan una selección aleatoria de una cantidad de expedientes que constituyan una muestra representativa del íntegro de los expedientes de supervisión que se proyecta concluir en el año por todas las Oficinas Desconcentradas con funciones delegadas, con la finalidad de realizar un control posterior que evidencie que en el ejercicio de las funciones delegadas se están aplicando la normativa vigente, las disposiciones emitidas por el OEFA y los criterios establecidos por los órganos resolutivos del OEFA» (sic). [OEFA, R. 00021-2022-OEFA/CD, 10/11/2022] Leer más

Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) oficializó la «Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero«. Este documento fue elaborado en el marco de la función del Serfor referida a emitir normas de aplicación nacional relacionadas a la gestión y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, y cuyo contenido es concordante con la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, la Ley N.º 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N.º 019-2015-Minagri. [Midagri, R. D. D0000258-2022-Midagri-Serfor-DE, 9/11/2022] Leer más

Estas son las conductas relacionadas con la reducción del plástico y tecnopor expresamente sancionadas en el distrito de Miraflores

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La Ordenanza N.° 511/MM, que promueve la reducción del plástico y tecnopor en el distrito de Miraflores, se publicó el 3 de abril del 2019; sin embargo, se aprobó sin contar con un cuadro de infracciones y sanciones. Ahora, el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la entidad, aprobado mediante la Ordenanza N.° 480/MM y modificatorias, no contiene el detalle de las conductas que constituyen infracciones y sanciones al reglamento (Decreto Supremo N.° 006-2019-Minam) de la Ley N.° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables. Para superar este vacío normativo, la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) aprueba la Ordenanza N.° 594, que incorpora el artículo séptimo a la Ordenanza N.° 511/MM (incorpora infracciones y sanciones en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Ordenanza N.° 480/MM). Así, ahora constituyen infracciones las siguientes conductas: (1) entregar gratuitamente bolsas de plástico o cobrar por debajo del precio del mercado, en el marco de las actividades de comercio; (2) entregar bolsas o envoltorios de plástico en publicidad impresa; diarios, revistas u otros formatos de prensa escrita; recibos de cobro de servicios públicos o privados; y toda información dirigida a los consumidores, usuarios o ciudadanos en general; (3) entregar bolsas de plástico cuya dimensión tenga un área menor a novecientos centímetros cuadrados (900 cm 2) o un espesor menor a cincuenta micras (50 Um); (4) entregar bolsas plásticas que no sean reutilizables y aquellas cuya degradación genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas y no aseguren su valorización, en el marco de las actividades de comercio; (5) comercializar bolsas de plástico cuya dimensión tenga un área menor a novecientos centímetros cuadrados (900 cm 2) o un espesor menor a cincuenta micras (50 Um); (6) fabricar para consumo interno bolsas de plástico cuya dimensión tenga un área menor a novecientos centímetros cuadrados (900 cm 2) o un espesor menor a cincuenta micras (50 Um); (7) distribuir bolsas de plástico cuya dimensión tenga un área menor a novecientos centímetros cuadrados (900 cm) o un espesor menor a cincuenta micras (50 Um). [MM, Ord. 594/MM, 5/11/2022] Leer más

mineria, informal

Seis cambios y tres derogaciones al Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) modificó el procedimiento del aporte por regulación, con el objetivo de dotar de predictibilidad al procedimiento de solicitudes no contenciosas tributarias, establecer mecanismos virtuales para que los sujetos obligados puedan presentar la información solicitada y precisar las acciones que debe efectuar los sujetos obligados a través del registro. Los cambios inciden sobre los artículos 3° (Definiciones), 6° (Registro), 7° (De la Declaración Jurada y el pago), 10-A (De los procedimientos de fiscalización y verificación), 15 (Solicitudes no contenciosas tributarias) y 16 (Declaración sustitutoria y rectificatoria) del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.º 009-2014-OEFA/CD. Luego, se deberá adecuar el Texto Único Ordenado del Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.º 019-2018-OEFA/CD. Se deroga la segunda disposición complementaria final del procedimiento de recaudación citado y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.º 019-2014-OEFA/PCD, que aprueba el Sistema del Aporte por Regulación del OEFA; así como, los lineamientos para el acceso y uso del Sistema del Aporte por Regulación del OEFA. Sobre este punto, a través de los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM se determinaron los porcentajes del aporte por regulación de los años 2017, 2018 y 2019 que corresponde al OEFA a cargo de las empresas de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y del sector minería, respectivamente. Leer más

Una comisión multisectorial velará por la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas

El Gobierno ordenó crear la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de realizar el seguimiento a la incorporación de la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas en los planes y programas a cargo de las entidades de los tres niveles de gobierno; así como, a la implementación del Plan Especial Multisectorial, aprobado por Decreto Supremo N.° 037-2021-Minam, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Según la norma aprobatoria, la Comisión Multisectorial, entre otras, tiene las siguientes funciones: realizar el seguimiento y elaborar informes técnicos y/o reportes sobre la incorporación de la prevención, mitigación y atención de la salud de la población afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas en los planes y programas de las entidades de los tres niveles de gobierno; realizar el seguimiento de las acciones desarrolladas para la implementación del Plan Especial Multisectorial para la intervención integral a favor de la población expuesta a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas, aprobado por Decreto Supremo N.° 037-2021-Minam y proponer su actualización en base a las necesidades identificadas. [PCM, D. S. 129-2022-PCM, 25/10/2022] Leer más