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Municipalidades no pueden exigir presentar el título de propiedad del predio para obtener la «Visación de Planos y Memoria Descriptiva»

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar el título de propiedad como requisito para obtener la «Visación de Planos y Memoria Descriptiva», materializada en el procedimiento con el código PA-0172 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Municipal 0.28-2020-AL/CPB. Según la Sala, la Municipalidad Provincial de Barranca es competente para tramitar el procedimiento de «Visación de Planos y Memoria Descriptiva» de acuerdo con sus competencias generales vinculadas con la organización del espacio físico y uso del suelo, particularmente en lo referido a zonificación, catastro urbano y rural, habilitación urbana, saneamiento físico legal de las posesiones informales, acondicionamiento territorial, entre otros, previstos en el artículo 73 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con lo previsto en el artículo 505 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial N.° 010-93-JUS. Leer más

Nuevo TUPA de la Autoridad Nacional del Agua

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Este decreto supremo aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), que está constituido por treinta y nueve (39) procedimientos administrativos, un (01) procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la información Pública, y cuatro (04) servicios prestados en exclusividad, que como anexo forma parte integrante de la presente norma. Asimismo, aprueba los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que se detallan en las secciones números 1 y 2 del anexo que forma parte integrante del presente decreto supremo. Leer más

Directo al buzón de correo | El Legislativo aprueba el uso de la casilla electrónica para la notificación y trámites administrativos

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El día de hoy se oficializó la norma que regula la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las diferentes entidades de la administración pública. Leer más

Cajas municipales podrán intervenir en proyectos de inversión | Cambios a la ley que impulsa la inversión pública con participación de privados

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Con esta ley se modifican los artículos 1° (Objetivos), 2°-B (Ejecución de inversiones de las entidades del Gobierno nacional); 3° (Priorización de los proyectos de inversión, IOARR y mantenimiento); 6° (Certificado «Inversión Pública Regional y Local-Tesoro Público»); 7° –numeral 7.2, numeral 7.3– (Emisión de los CIPRL); 9° (Supervisión del proyecto, IOARR o mantenimiento), 11 (Condiciones para la emisión de los CIPRL o CIPGN), 16 (Solución de controversias ) y la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final (Variaciones en la fase de ejecución ) de la Ley N.° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado. Entre los cambios, se establece que, por ejemplo, en el ámbito de la participación del sector privado está comprendida la participación de las cajas municipales de ahorro y crédito. Asimismo, se autoriza a las entidades del Gobierno a ejecutar proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en diferentes sectores. Leer más

El reglamento de la ley para fortalecer la prevención y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas

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El Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley N.º 31189, Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas. El documento consta de dos títulos, cuatro capítulos, dieciocho artículos y dos disposiciones complementarias finales. Las disposiciones del reglamento son de obligatorio cumplimiento para las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales, gobiernos locales, así como para los establecimientos del sector Salud, y personas cuyas competencias y actividades se vinculan o tienen incidencia en la prevención y mitigación de la exposición, y en la atención integral de salud de la población expuesta a metales pesados y otras sustancias químicas. Según las disposiciones complementarias finales del reglamento, el Minsa, a través del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en un plazo de noventa días hábiles, contados a partir de la vigencia del presente reglamento, deberá implementar el Registro Nacional de Personas Afectadas en la Salud por Contaminación de Metales pesados y otras sustancias químicas (MPOSQ). [Minsa, D. S. 007-2023-SA, 4/5/2023] Leer más

Ley que fortalece el Instituto Geofísico del Perú (IGP)

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El Congreso de la República oficializó la ley que fortalece el Instituto Geofísico del Perú (IGP), a fin de consolidar la investigación científica en los diversos campos de la Geofísica, la prestación de servicios de información que se brinda para la gestión del riesgo de desastres y regular su intervención en las Ciencias de la Tierra, en las Ciencias de la Atmósfera e Hidrósfera, en las Ciencias del Geoespacio y en la Astronomía, para reducir el impacto destructor de los peligros naturales y antrópicos, y aprovechar las oportunidades y potencialidades que brinda la Geofísica en el desarrollo socioeconómico y ambiental del país. Según la norma, el IGP es un organismo público ejecutor, con personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal y se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam). Leer más

Desde el 1 al 31 de mayo del 2023, descuento del 80 % en multas administrativas en Lince

La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) fija los beneficios no tributarios de carácter temporal a favor de sus administrados, toma en cuenta, para ello, el estado de emergencia sanitaria por la COVID-19 y el estado de emergencia declarado en diversos distritos de la provincia y departamento de Lima como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales. Leer más

Este es el Plan Operativo Institucional Multianual 2024-2026 del Pliego 037 del MVCS

Este último domingo se aprobó el «Plan Operativo Institucional Multianual 2024-2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento»; un instrumento de gestión que contiene la programación multianual de las actividades operativas e inversiones, y establece la programación mensual de las metas físicas y financieras que se ejecutarán orientadas al cumplimiento de las acciones estratégicas institucionales y objetivos estratégicos institucionales. [MVCS, R. M. 198-2023-Vivienda, 30/04/2023] Leer más

Sunat establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas y señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado

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Con esta resolución, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, a que se refiere el artículo 76 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (Decreto Supremo N.° 055-99-EF); además, señala la fecha en que se encontrará operativo el primer puesto de control habilitado y determina su ubicación específica en el terminal internacional aéreo indicado en el numeral 1 del anexo 1 del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (Decreto Supremo N.° 29-94-EF). Leer más

Para fines de la deducción de pérdidas extraordinarias, la inutilidad de ejercer acción judicial la declara el fiscal

La interpretación correcta del artículo 37 del inciso d) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, que regula los gastos deducibles por pérdidas extraordinarias, según la Corte Suprema (CS), consiste en que, para demostrar la inutilidad de ejercer la acción judicial, la prueba principal lo constituye la declaración de inutilidad efectuada por el fiscal como titular de la acción penal por mandato constitucional. Leer más