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Colombia inicia investigación por supuesto dumping en las importaciones de lámina lisa y tejas galvanizadas y galvalume

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El «Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de La Victoria»

Se oficializó el «Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de La Victoria», y su implementación estará a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental a través de la Subgerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental. El texto completo del reglamento será publicado en en el portal institucional de la Municipalidad de La Victoria (www.munilavictoria.gob.pe). [MDLV, R. 000143-2024-GM-MLV, 4/05/2024] Leer más

Sesenta días de plazo | Vivienda declara oficialmente en reorganización el organismo y los programas de agua para Lima y Callao

El día de hoy, viernes cinco de mayo del 2024, se declaró oficialmente en reorganización el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural y el Programa Agua Segura para Lima y Callao. La medida se adopta con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer las acciones y medidas de reforma correspondientes, por el plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la instalación de la comisión reorganizadora, que estará conformada de la siguiente manera:

«a) El/La viceministro/a de Construcción y Saneamiento, quien la preside.

b) El/La director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción.

c) El/La director/a general de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento.

d) El/La director/a ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento.

e) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.

f) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural.

g) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Agua Segura para Lima y Callao» (sic). [MVCS, D. S. 006-2024-Vivienda, 3/05/2024]


Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que declara en reorganización el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento el Programa Nacional de Saneamiento Urbano el Programa Nacional de Saneamiento Rural y el Programa Agua Segura para Lima y Callao

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17883.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 4 de mayo del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 002-2012-Vivienda, que crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR).

* Decreto Supremo N.° 008-2017-Vivienda, que crea el Programa Agua Segura para Lima y Callao (PASLC).

Información relacionada:

+ La reorganización interna | Vivienda delega (redistribuye) funciones y facultades en altas autoridades del sector. [Vivienda, R. M. 048-2022-Vivienda, 15/02/2022]

+ El nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. [MVCS, R. M. 101-2024-Vivienda, 28/03/2024]

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Modificación e incorporación | Cambios al reglamento de la ley del SEIA para uniformizar la admisión de las solicitudes de certificación ambiental

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Con la finalidad de asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) sobre el cumplimiento de plazos de los procedimientos administrativos, el Ministerio del Ambiente (Minam) dicta disposiciones para la admisión de las solicitudes de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental que se tramitan ante las diferentes autoridades ambientales, a fin de uniformizar la actual legislación ambiental y establecer un plazo razonable y célere para la revisión de requisitos de forma que establece el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUO) y la normativa aplicable, que incluye el estudio ambiental elaborado de acuerdo con la estructura de los términos de referencia aprobados. Leer más

Las funciones de cada miembro | La nueva conformación de la Comisión de Revisión de Normas Urbanas de San Borja

Con la Ordenanza N.° 491-MSB, del 27 de noviembre del 2012, se aprobó el Reglamento de edificaciones y normas complementarias de la zonificación del distrito de San Borja. Esta ordenanza se modificó con las ordenanzas números 556-MSB y 637-MSB, en el tema de la composición de la Comisión de Revisión de Normas Urbanas de San Borja (CRNU-SB). Ahora, la Municipalidad Distrital de San Borja establece una nueva conformación de la CRNU-SB y dispone la adecuación de las nomenclaturas de las unidades orgánicas, en razón de la naturaleza de las funciones de cada miembro y de la nueva estructura orgánica aprobada en la Ordenanza N.° 702-MSB, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Borja, publicada el 30 de junio del 2023. La nueva conformación es la siguiente: «La Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro (presidente), la Oficina General de Innovación y Desarrollo Económico (secretario), la Oficina General de Asesoría Jurídica (miembro)» (sic). [MDSB, Ord. 713-MSB, 1/05/2024] Leer más

Todo ordenado | El TUO y el cuadro resumen del ROF de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Con base en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N.° 2605, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) oficializa el Texto Único Ordenado (TUO) de su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Ordenanza N.° 2537 y modificado por la Ordenanza N.° 2605, aprueba también el cuadro resumen de las modificaciones del citado ROF. [MML, D. de Alc. 008, 2/05/2024] Leer más

Mirando los treinta | El nuevo Plan Estratégico Institucional 2024-2030 del MVCS

Con esta resolución ministerial se oficializó el nuevo Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). El cumplimiento de los logros esperados en este plan es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del ministerio. Por otro lado, esta norma deroga la Resolución Ministerial N.° 422-2022-Vivienda, que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023-2026 del MVCS. [MVCS, R. M. 151-2024-Vivienda, 2/05/2024] Leer más

Siguen los cambios | Dos nuevas designaciones en Vivienda, dos nuevos directores

Se oficializó la designación de Jessica Paola Vílchez Villanueva en el cargo de directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Además, ocurrió lo mismo con la designación del señor Manuel Eduardo Larrea Sánchez en el cargo de confianza de director de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Agua Segura para Lima y Callao. [MVCS, R. M. 150-2024-Vivienda, R. D. 022-2024-Vivienda-VMCS-PASLC, 1/05/2024] Leer más

Colombia prepara la reforma a su Estatuto Aduanero para fortalecer la lucha contra el contrabando

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Derecho Comparado | Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia lanzó el informe «Panorama del contrabando en Colombia», en el que presenta estadísticas del contrabando en el país y las acciones que la entidad ha desarrollado para contrarrestarlo. Según el documento, entre 2018 y 2022, el 10 % del valor de las mercancías que ingresaron al país fue de contrabando y este superó los US$ 8 800 millones en 2022. El estudio evidencia que el contrabando técnico por subfacturación es la principal modalidad de este delito, con un promedio anual de US$ 6 234 millones (2018-2022) y una participación del 90 % en el total del contrabando estimado. En esta modalidad, la mercancía de contrabando entra al país con una declaración de importación que reporta un valor inferior a su valor real, de lo que se infiere que los contrabandistas se aprovechan de las flexibilidades del actual estatuto aduanero y de las limitaciones de personal para la inspección en aduanas. La Dian anunció las acciones para combatir este delito: Leer más

Oportunidad del reembolso | Inmobiliarias no pueden condicionar la devolución de la cuota inicial a la reventa del inmueble

Indecopi | Protección al consumidor. Los consumidores señalaban que la «Cláusula Adicional» resultaba abusiva, ya que señala que la devolución del dinero del denunciante únicamente se haría efectiva si es que los inmuebles materia de denuncia fueran vendidos a una tercera persona. En el caso, sucedió que, pese a los esfuerzos desplegados, el crédito hipotecario solicitado por el recurrente no pudo ser viabilizado; por eso, ante la imposibilidad de cumplir con el pago del precio de venta de un departamento y un estacionamiento, requirió a la inmobiliaria que le indicara cuáles serían los montos que aplicaría por concepto de «penalidades», el plazo máximo para que se hiciera efectivo el reembolso y la fecha de devolución de la letra de cambio suscrita para acceder al financiamiento ofrecido directamente por la empresa. Ante la falta de atención de dichas interrogantes, decidió comunicar a la denunciada su voluntad de dar por resuelto el contrato suscrito mediante una carta notarial del 10 de noviembre del 2014. Por su lado, la inmobiliaria pretendió incluir entre los conceptos a deducir los gastos administrativos en los que incurrió en mérito del contrato de compraventa que suscribieron, pese a que ello no fue pactado, y se negó a establecer un plazo concreto para efectuar el reembolso al que tenía derecho, e indicó que lo haría con los resultados de la futura venta de los inmuebles materia de contrato, en virtud de lo previsto en la cláusula adicional suscrita. Leer más