Edición extraordinaria: disposiciones para restituir la condición de elegible del bono familiar
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) estableció las disposiciones para que el Fondo Mivivienda S. A. restituya la condición de elegible a los grupos familiares beneficiarios del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva. Se trata de la Resolución Ministerial N.° 045-2025-Vivienda, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», que dispone que el fondo restituya la condición de elegible a los grupos familiares arriba citados que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 6°-A de la Ley N.° 27829, modificado por la Ley N.° 32196, siempre que ninguno de los miembros del grupo familiar cuente con propiedad a su nombre. El orden en el que el fondo inicia la restitución de la condición de elegible es el siguiente:
– Proyectos en los que se haya iniciado el proceso de ejecución del patrimonio fideicometido.
– Proyectos con declaración del inicio del procedimiento de liquidación de la entidad del sistema financiero y de seguros que lo afianzó.
– Proyectos en los que se haya iniciado el proceso judicial de recuperación del Bono Familiar Habitacional por incumplimiento del desarrollador inmobiliario, promotor inmobiliario, entidad técnica o garante.
Por otro lado, la norma establece el valor excepcional del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva, para los grupos familiares a los que se les haya restituido la condición de elegibles, condición que regirá por el plazo de dos años. [MVCS, R. M. 045-2025-Vivienda, 5/02/2025]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Establecen disposiciones para que el Fondo Mivivienda S. A. restituya la condición de elegible a los grupos familiares beneficiarios del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva
Edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18396.
Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente a partir del 6 de febrero del 2025.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Ley N.° 27829, Ley del Bono Familiar Habitacional.
Información relacionada:
+ Aportes y críticas | El virtual Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de adquisición de vivienda nueva. [MVCS, R. M. 469-2024-Vivienda, 22/12/2024]
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