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Camino a la inscripción registral | Chorrillos impulsa la regularización de habilitaciones urbanas realizadas sin licencia

Se oficializó la ordenanza que promueve la regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas sin la correspondiente licencia municipal en el distrito de Chorrillos. Entonces, entre otros temas, el artículo quinto de la norma edil considera los siguientes requisitos para los expedientes de regularización:

«1. Formulario FUHU de habilitación urbana y FUHU recepción de obras, suscrito por el propietario o solicitante acreditado y el profesional responsable de obra (visados en todas sus páginas) (3 juegos originales).
2. Anexo A, en el caso de copropietarios.
3. Anexo G, debidamente llenado visado, firmado y sellado por el constatador de obra y el titular (3 originales).
4. En caso de que el solicitante no sea el propietario del predio, deberá presentar la escritura pública que acredite el derecho a habilitar. (Copia literal de dominio)
5. En caso de que el solicitante sea una persona jurídica acompañará la vigencia de poder expedida por Registro de Personas Jurídicas con una antigüedad no mayor de (30) días calendario.
6. Declaración jurada suscrita por el administrado de la habilitación y el profesional constatador de obra en la que indique que se verificó que las obras se ejecutaron totalmente.
7. Copia a color del Certificado de Zonificación y Vías emitido por la municipalidad provincial.
8. Plano de ubicación y localización, del terreno con coordenadas UTM WS 84.
9. Plano perimétrico y topográfico del terreno, incluyendo la referencia topográfica a la vía urbanizada más cercana existente o con aprobación de proyectos, en coordenadas UTM WS 84.
10. Plano de lotización, conteniendo el perímetro del terreno, el diseño de la lotización, de las vías, aceras y bermas, cuadro de áreas y aportes, secciones viales normativas, ejecutadas y propuestas, cuadro de datos técnicos, detalle de rampas, graficado en coordenadas UTM WS 84, firmado por arquitecto colegiado y habilitado y por los propietario (s).
11. Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las edificaciones existentes.
12. Memoria descriptiva, indicando la descripción del lote a habilitar, cuadro de datos técnicos, antecedentes registrales, zonificación, afectación de vías, descripción de las obras de habilitación ejecutadas, presupuesto detallado que describa la valorización de las obras de habilitación ejecutada, la descripción de la lotización de corresponder, áreas y linderos de los lotes, numeración y los aportes reglamentarios.
13. Copia del comprobante de pago de multa por habilitar sin licencia.
14. Copia del recibo del pago efectuado por derecho de revisión a la Comisión Técnica de Habilitaciones del Colegio de Arquitectos del Perú – C.A.P.
15. Copia simple de los documentos emitidos por las entidades prestadoras de servicios públicos otorgando la conformidad a las obras de su competencia ejecutadas (Sedapal, Luz del Sur, etc.) de tratarse de una lotización o en su defecto los recibos de servicios del predio.
16. Copia simple de las minutas que confirme la transferencia de las áreas de aportes reglamentarios a las entidades receptoras de los mismos, o de ser el caso, comprobantes del pago de la redención de los mismos (Serpar, Ministerio de Educación, Fomur, municipalidad).
17. De ser el caso copia de la resolución con que se aprueba la habilitación urbana y/o estudios preliminares y copia de los planos que aprueban los estudios preliminares y/o habilitación urbana. (en caso de tener un procedimiento con ley anterior a la 29090).
18. Copia digital en CD que contenga la información técnica (planos en formato DWG y Memoria Descriptiva).
19. Recibo de pago por concepto de regularización» (sic). [MDCH, Ord. 524-MDCH, 3/09/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Promueven la regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas sin la correspondiente licencia municipal

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18797.

Entidad: Municipalidad Distrital de Chorrillos (MDCH).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 4 de setiembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Legislativo N.° 1426, que modifica la Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación.

Información relacionada:

+ Conformidad de obra y declaratoria de edificación | Chorrillos regularizará las edificaciones sin licencia. [MDCH, Ord. Mun. 518-MDCH, 10/07/2025]

+ Seis meses de plazo | Chorrillos busca regularizar todas las edificaciones realizadas sin licencia. [MDCH, Ord. 472-MDCH, 24/01/2024]

+ Hasta lograr la inscripción registral | Chorrillos oficializa un procedimiento de habilitación urbana de oficio. [MDCH, Ord. 473-MDCH, 12/01/2024]

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