Caso por caso se verificará si, además de relacionar las unidades funcionales, se debe indicar nombre, marca, referencia y serial de los componentes

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Le corresponde al contribuyente soportar la carga de la prueba de la realidad de los servicios que brinda

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El deber de realizar las actuaciones necesarias recae sobre la administración tributaria para verificar el hecho imponible. Asimismo, al hacer valer un derecho, el contribuyente es quien debe soportar la carga de la prueba de un hecho positivo que sustente su autodeterminación o su descargo ante un reparo de índole tributaria cuando se halle en la mejor posición de hacerlo, más si el artículo 87 del Código Tributario indica que «los administrados están obligados a facilitar las labores de fiscalización y determinación que realice la administración tributaria», y establece, además, entre otras, la obligación de almacenar, archivar y conservar los libros y registros así como los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionadas con ellas. Leer más

¿Empresa propietaria de línea de transmisión de energía eléctrica debe pagar impuesto de alumbrado público?

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Derecho Comparado | Colombia. El Consejo de Estado de Colombia evidenció que un municipio no respondió a una demanda y que, en el recurso de apelación de la sentencia, no dijo nada sobre la presencia física de la empresa demandante en el municipio, pues se limitó a indicar que era sujeto pasivo del impuesto por el solo hecho de tener una línea de transmisión de energía y debía cumplir con la norma tributaria municipal. Para la Sección Cuarta, es el sujeto activo quien debe comprobar la existencia de, por lo menos, un establecimiento físico en la respectiva jurisdicción y, con ello, la calidad de sujeto pasivo del impuesto de alumbrado público. Leer más

Las salsas de soya y las mostazas tendrán nuevas metas de reducción de sodio y no necesitarán certificado de conformidad

Derecho Comparado | Colombia. El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) de Colombia modificó los artículos 2°, 3°, 6°, 7°, 8°, sustituyó los anexos técnicos 1 y 2, y derogó el artículo 7° de la Resolución 2013 del 2020, mediante la cual estableció el reglamento técnico que define los contenidos máximos de sodio de los alimentos procesados, en el marco de la Estrategia Nacional de Reducción del Consumo de Sodio, y definió 2 metas de reducción para 59 alimentos. El MinSalud revisó los aspectos tecnológicos para el cumplimiento de las metas de las categorías «salsas de soya» y «mostazas» evidenciando que hay procesos tecnológicos diferentes para subcategorías de estos dos grupos, por lo que se modificó el artículo 3° y los anexos técnicos 1 y 2, con el objeto de establecer las definiciones de cada subcategorías, subpartidas arancelarias y metas de reducción. De otra parte, Estados Unidos, Costa Rica, Paraguay y Guatemala y empresas nacionales, solicitaron revisar y modificar los parámetros de evaluación de la conformidad, ya que el número de organismos de certificación no es suficiente para evaluar los contenidos de sodio y los costos asociados a esta evaluación son altos especialmente para micro y pequeñas empresas, lo cual dificulta el cumplimiento de la Resolución 2013 del 2020; en ese sentido, y atendiendo a las directrices de las buenas prácticas regulatorias, se modificaron los artículos 6° y 8°, para eliminar el requisito de certificado de conformidad de tercera parte, y modificarlo al requisito de conformidad de primera parte, con el fin de mejorar el cumplimiento de la norma y derogar el articulo 7°, toda vez que no será necesaria la emisión del certificado de conformidad. Leer más

Ante una sucesión hereditaria y tratándose de un pronunciamiento sobre acciones societarias, la competencia es de los jueces de la subespecialidad comercial

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Sobre la causal por infracción normativa denunciada por el recurrente, la Corte Suprema (CS) precisa que la afectación al principio del juez predeterminado por ley denunciado resulta ser «un tema cuya decisión ha sido debatida y analizada de manera amplia en sede de instancia al haber quedado establecido que tratándose de un pronunciamiento respecto de acciones de una sociedad, es evidente que resultan competentes los jueces de la subespecialidad comercial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 literal b) de la Resolución Administrativa número 006-2004-SP-CS. Leer más

Es el contribuyente quien sustenta el descargo ante un reparo tributario

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El deber de realizar las actuaciones necesarias recae sobre la administración tributaria cuando se trata de verificar el hecho imponible. Asimismo, corresponde a los contribuyentes, al hacer valer un derecho, soportar la carga de la prueba de un hecho positivo que sustente su autodeterminación o su descargo ante un reparo de índole tributaria cuando se halle en la mejor posición de hacerlo, precisa la Corte Suprema (CS). Leer más

El requisito de fecha cierta del contrato de mutuo para sustentar el incremento patrimonial no es exigible para el mutuatario

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De la interpretación sistemática del inciso e) del artículo 52 de la Ley del Impuesto a la Renta y del inciso 3 del artículo 60-A del reglamento de la referida ley, la Corte Suprema (CS) concluye que el préstamo recibido por el recurrente de este caso cumple con el requisito para el sustento del incremento patrimonial en la medida que fue recibido utilizando los medios de pago a que se refiere el artículo 5° de la Ley de Bancarización (N.° 28194). Leer más

Dinero

El monto para el mecanismo de compensación para sistemas aislados se fija en más de 267 millones de soles

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La facultad de la Sunat para exigir el cobro de los tributos se ejerce desde la notificación de la obligación tributaria

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El nuevo RASA y CUIS de la Municipalidad Distrital de Ancón

El día de hoy se oficializa, primero, la derogación de la Ordenanza N.° 448-2021-MDA, Reglamento de Aplicación de Sanciones y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Ancón. Y, segundo, se oficializa la ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ancón (MDA). Será la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas participantes las encargadas de hacer cumplir lo dispuesto en esta ordenanza. [MDA, Ord. 512-2024-MDA, 27/02/2024] Leer más