Modificación al TUSNE | Surco autorizará el uso temporal de la vía pública para fines comerciales
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe modificó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), para actualizar seis (06) tarifas de servicios no exclusivos vigentes e incorporar un nuevo (01) servicio no exclusivo de la Subgerencia Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. El nuevo servicio incorporado, «Autorización para uso temporal de la vía pública para fines comerciales», obedece a una necesidad del mercado e iniciativa privada y va en línea con las funciones de los gobiernos locales que buscan promover el desarrollo económico local, con incidencia en el desarrollo y/o emprendimiento empresarial. Leer más
180 días más | Importación de semillas de tomate de originarias y procedentes de diversos países aún deben superar requisitos fitosanitarios
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/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Derecho, Derecho Comparado, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesMediante una resolución coactiva no se le puede exigir al gerente general el pago de la deuda de la empresa
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex Soluciones¿Califica como asistencia técnica el servicio de desarrollo de un programa que incentiva la convivencia en los proyectos inmobiliarios?
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. La empresa inmobiliaria de este caso (recurrente) contrató los servicios de una empresa no domiciliada para que implemente un Programa de Acompañamiento Social (PAS), con la intención de capacitar a los propietarios de los proyectos inmobiliarios que vende y fortalecer la convivencia, integración y respeto mutuo al momento de habitar y compartir nuevos conjuntos residenciales. Este programa tiene la finalidad de incrementar las ventas de este tipo de proyectos pues constituye un elemento diferenciador. Para la administración tributaria, los servicios brindados por el proveedor no domiciliado tendrían que gravarse con la tasa del 30 %, ya que no califica como asistencia técnica; y esto, porque no es necesario para el desarrollo de la actividad de la recurrente. Leer más
Actualización normativa | Nuevos lineamientos de Sunat para ejecutar la fiscalización posterior aleatoria
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