Una actuación unilateral del Ministerio Público no puede ser impugnada por las partes ni dejada sin efecto por el juez de investigación preparatoria
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El Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) ratifica el «Convenio de asistencia judicial en materia penal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa», suscrito el 15 de noviembre del 2012, en la ciudad de París, República Francesa, documento aprobado por la Resolución Legislativa N° 30330, del 04 de junio del 2015 en nuestro país. RR.EE., D. S. 029-2015-RE, 24/06/2015
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